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TCHOSHIN

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La Ley Valenciana de Custodia Compartida supone un gran avance en las defensa de los derechos del niño, porque reconoce su derecho a ser custodiado, criado, mantenido, y educado en condiciones de igualdad por ambos progenitores y sus respectivas familias, un gran avance en la igualdad entre mujeres y hombres, porque se dejan de perpetuar los roles machistas anclados en el pasado donde el hombre ejerce el rol de proveedor y la mujer el rol de cuidador, y supone un gran avance en la defensa de la familia porque obliga a establecer un régimen mínimo de relaciones con los hermanos, hermanas, abuelas, abuelos y otros parientes y personas allegadas..

Esta ley beneficia a los hijos, a sus progenitores, a sus respectivas familias y sienta las bases de una sociedad Valenciana igualitaria.

Los hijos nunca han sido de sus madres ni de sus padres, no son en absoluto una posesión de sus progenitores. Los hijos son seres autónomos y tienen derecho a la custodia compartida en condiciones de igualdad.

La custodia compartida en un derecho inalienable y fundamental de los hijos.

Consulta la ley y juzga tú mismo: http://www.docv.gva.es/datos/2011/04/05/pdf/docv_6495.pdf

Una ley que empieza a ser valorada como un gran logro jurídico, al hacerlo todo con un preámbulo y 7 artículos. Una ley simple, clara y efectiva que responde a un conflicto social en la sombra.

Con el recurso de inconstitucionalidad se mutila el mejor intento, jurídico y político, para buscar el bienestar del menor y luchar por la igualdad, sumiendo a los niños valencianos y sus familias en un estado de inseguridad jurídica, al negarles el derecho fundamental e inalienable de la custodia compartida.

Cayetano Sánchez Reyes.

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La Ley Valenciana de Custodia Compartida supone un gran avance en las defensa de los derechos del niño, porque reconoce su derecho a ser custodiado, criado, mantenido, y educado en condiciones de igualdad por ambos progenitores y sus respectivas familias, un gran avance en la igualdad entre mujeres y hombres, porque se dejan de perpetuar los roles machistas anclados en el pasado donde el hombre ejerce el rol de proveedor y la mujer el rol de cuidador, y supone un gran avance en la defensa de la familia porque obliga a establecer un régimen mínimo de relaciones con los hermanos, hermanas, abuelas, abuelos y otros parientes y personas allegadas..

Esta ley beneficia a los hijos, a sus progenitores, a sus respectivas familias y sienta las bases de una sociedad Valenciana igualitaria.

Los hijos nunca han sido de sus madres ni de sus padres, no son en absoluto una posesión de sus progenitores. Los hijos son seres autónomos y tienen derecho a la custodia compartida en condiciones de igualdad.

La custodia compartida en un derecho inalienable y fundamental de los hijos.

Consulta la ley y juzga tú mismo: http://www.docv.gva.es/datos/2011/04/05/pdf/docv_6495.pdf

Una ley que empieza a ser valorada como un gran logro jurídico, al hacerlo todo con un preámbulo y 7 artículos. Una ley simple, clara y efectiva que responde a un conflicto social en la sombra.

Con el recurso de inconstitucionalidad se mutila el mejor intento, jurídico y político, para buscar el bienestar del menor y luchar por la igualdad, sumiendo a los niños valencianos y sus familias en un estado de inseguridad jurídica, al negarles el derecho fundamental e inalienable de la custodia compartida.

Cayetano Sánchez Reyes.

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La Ley Valenciana de Custodia Compartida supone un gran avance en las defensa de los derechos del niño, porque reconoce su derecho a ser custodiado, criado, mantenido, y educado en condiciones de igualdad por ambos progenitores y sus respectivas familias, un gran avance en la igualdad entre mujeres y hombres, porque se dejan de perpetuar los roles machistas anclados en el pasado donde el hombre ejerce el rol de proveedor y la mujer el rol de cuidador, y supone un gran avance en la defensa de la familia porque obliga a establecer un régimen mínimo de relaciones con los hermanos, hermanas, abuelas, abuelos y otros parientes y personas allegadas..

Esta ley beneficia a los hijos, a sus progenitores, a sus respectivas familias y sienta las bases de una sociedad Valenciana igualitaria.

Los hijos nunca han sido de sus madres ni de sus padres, no son en absoluto una posesión de sus progenitores. Los hijos son seres autónomos y tienen derecho a la custodia compartida en condiciones de igualdad.

La custodia compartida en un derecho inalienable y fundamental de los hijos.

Consulta la ley y juzga tú mismo: http://www.docv.gva.es/datos/2011/04/05/pdf/docv_6495.pdf

Una ley que empieza a ser valorada como un gran logro jurídico, al hacerlo todo con un preámbulo y 7 artículos. Una ley simple, clara y efectiva que responde a un conflicto social en la sombra.

Con el recurso de inconstitucionalidad se mutila el mejor intento, jurídico y político, para buscar el bienestar del menor y luchar por la igualdad, sumiendo a los niños valencianos y sus familias en un estado de inseguridad jurídica, al negarles el derecho fundamental e inalienable de la custodia compartida.

Cayetano Sánchez Reyes.

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La custodia compartida no puede continuar planteándose como un problema entre el padre y la madre, porque entonces todas las soluciones serán erróneas.

La custodia compartida en un derecho inalienable de los hijos: el derecho a ser educados, criados y mantenidos en condiciones de igualdad por ambos progenitores, y sus respectivas familias. Ese debe ser el punto de partida para buscar el interés y bienestar del menor.
Hay que liberar el derecho de los hijos a ser custodiado por ambos progenitores en condiciones de igualdad de cualquier implicación económica, ya sea una pensión de alimentos, ya sea una vivienda, una plaza de garaje, un coche, ayudas sociales o cualquier otra ventaja.

Con la custodia compartida los hijos ven que su papá y su mamá viven separados, pero que comparten por igual su crianza y educación. Sienten que ambos están con ellos. Cada uno lo hace con sus conocimientos, su experiencia y su familia, y al igual que en un matrimonio, con el tiempo, los hijos aprenderán a aceptar que su papá y su mamá son diferentes pero que se preocupan por ellos.

Con la custodia compartida se sientan las bases de una sociedad igualitaria entre hombres y mujeres, donde los hombres y mujeres educan y crían a sus hijos en igualdad de condiciones. El primer beneficiario son los hijos que tienen derecho a disfrutar por igual de su padre y de su madre, luego ambos progenitores, sus respectivas familias y la sociedad en general.
Con la custodia compartida ambos progenitores se implican mucho más como cuidadores y proveedores de la unidad familiar, se rompen los moldes machistas.

Incluso en los casos conflictivos, al igual que en los matrimonios conflictivos, se debe apostar por compartir la educación y crianza de los hijos, pero eso sí, bajo supervisión de servicios especializados que permitan, motiven y estimulen al padre ser padre y a la madre ser madre. En muchos casos son necesarios servicios especializados de mediación que medien, tutoricen y realicen un seguimiento de ambos progenitores en beneficio de los hijos. También hay que educar y enseñar a quien no pueda o no sepa ser padre o madre. No basta con decir que no cumple los requisitos y por eso no tiene derecho a la custodia de sus hijos.

“No todo vale por el bien del Menor”, por encima del menor muchas veces está la salud de la familia, incluso cuando esta se ha roto, porque con ello a la larga se asegura el bienestar de los hijos.

Lo que está condenado al fracaso es la imposición de la custodia monoparental a favor de la mujer o del hombre, de ahí la ley de Custodia Compartida en Aragón, Cataluña y la Comunidad Valenciana. Ley Valenciana: http://www.docv.gva.es/datos/2011/04/05/pdf/docv_6495.pdf

Cayetano Sánchez Reyes.

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La custodia compartida no puede continuar planteándose como un problema entre el padre y la madre, porque entonces todas las soluciones serán erróneas.

La custodia compartida en un derecho inalienable de los hijos: el derecho a ser educados, criados y mantenidos en condiciones de igualdad por ambos progenitores, y sus respectivas familias. Ese debe ser el punto de partida para buscar el interés y bienestar del menor.
Hay que liberar el derecho de los hijos a ser custodiado por ambos progenitores en condiciones de igualdad de cualquier implicación económica, ya sea una pensión de alimentos, ya sea una vivienda, una plaza de garaje, un coche, ayudas sociales o cualquier otra ventaja.

Con la custodia compartida los hijos ven que su papá y su mamá viven separados, pero que comparten por igual su crianza y educación. Sienten que ambos están con ellos. Cada uno lo hace con sus conocimientos, su experiencia y su familia, y al igual que en un matrimonio, con el tiempo, los hijos aprenderán a aceptar que su papá y su mamá son diferentes pero que se preocupan por ellos.

Con la custodia compartida se sientan las bases de una sociedad igualitaria entre hombres y mujeres, donde los hombres y mujeres educan y crían a sus hijos en igualdad de condiciones. El primer beneficiario son los hijos que tienen derecho a disfrutar por igual de su padre y de su madre, luego ambos progenitores, sus respectivas familias y la sociedad en general.
Con la custodia compartida ambos progenitores se implican mucho más como cuidadores y proveedores de la unidad familiar, se rompen los moldes machistas.

Incluso en los casos conflictivos, al igual que en los matrimonios conflictivos, se debe apostar por compartir la educación y crianza de los hijos, pero eso sí, bajo supervisión de servicios especializados que permitan, motiven y estimulen al padre ser padre y a la madre ser madre. En muchos casos son necesarios servicios especializados de mediación que medien, tutoricen y realicen un seguimiento de ambos progenitores en beneficio de los hijos. También hay que educar y enseñar a quien no pueda o no sepa ser padre o madre. No basta con decir que no cumple los requisitos y por eso no tiene derecho a la custodia de sus hijos.

“No todo vale por el bien del Menor”, por encima del menor muchas veces está la salud de la familia, incluso cuando esta se ha roto, porque con ello a la larga se asegura el bienestar de los hijos.

Lo que está condenado al fracaso es la imposición de la custodia monoparental a favor de la mujer o del hombre, de ahí la ley de Custodia Compartida en Aragón, Cataluña y la Comunidad Valenciana. Ley Valenciana: http://www.docv.gva.es/datos/2011/04/05/pdf/docv_6495.pdf

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La custodia compartida no puede continuar planteándose como un problema entre el padre y la madre, porque entonces todas las soluciones serán erróneas.

La custodia compartida en un derecho inalienable de los hijos: el derecho a ser educados, criados y mantenidos en condiciones de igualdad por ambos progenitores, y sus respectivas familias. Ese debe ser el punto de partida para buscar el interés y bienestar del menor.
Hay que liberar el derecho de los hijos a ser custodiado por ambos progenitores en condiciones de igualdad de cualquier implicación económica, ya sea una pensión de alimentos, ya sea una vivienda, una plaza de garaje, un coche, ayudas sociales o cualquier otra ventaja.

Con la custodia compartida los hijos ven que su papá y su mamá viven separados, pero que comparten por igual su crianza y educación. Sienten que ambos están con ellos. Cada uno lo hace con sus conocimientos, su experiencia y su familia, y al igual que en un matrimonio, con el tiempo, los hijos aprenderán a aceptar que su papá y su mamá son diferentes pero que se preocupan por ellos.

Con la custodia compartida se sientan las bases de una sociedad igualitaria entre hombres y mujeres, donde los hombres y mujeres educan y crían a sus hijos en igualdad de condiciones. El primer beneficiario son los hijos que tienen derecho a disfrutar por igual de su padre y de su madre, luego ambos progenitores, sus respectivas familias y la sociedad en general.
Con la custodia compartida ambos progenitores se implican mucho más como cuidadores y proveedores de la unidad familiar, se rompen los moldes machistas.

Incluso en los casos conflictivos, al igual que en los matrimonios conflictivos, se debe apostar por compartir la educación y crianza de los hijos, pero eso sí, bajo supervisión de servicios especializados que permitan, motiven y estimulen al padre ser padre y a la madre ser madre. En muchos casos son necesarios servicios especializados de mediación que medien, tutoricen y realicen un seguimiento de ambos progenitores en beneficio de los hijos. También hay que educar y enseñar a quien no pueda o no sepa ser padre o madre. No basta con decir que no cumple los requisitos y por eso no tiene derecho a la custodia de sus hijos.

“No todo vale por el bien del Menor”, por encima del menor muchas veces está la salud de la familia, incluso cuando esta se ha roto, porque con ello a la larga se asegura el bienestar de los hijos.

Lo que está condenado al fracaso es la imposición de la custodia monoparental a favor de la mujer o del hombre, de ahí la ley de Custodia Compartida en Aragón, Cataluña y la Comunidad Valenciana. Ley Valenciana: http://www.docv.gva.es/datos/2011/04/05/pdf/docv_6495.pdf

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Esta ley beneficia a los hijos, a sus progenitores, a sus respectivas familias y sienta las bases de una sociedad Valenciana igualitaria.
Los hijos nunca han sido de sus madres ni de sus padres, no son en absoluto una posesión de sus progenitores. Los hijos son seres autónomos y tienen derecho a la custodia compartida en condiciones de igualdad.

La custodia compartida no puede continuar planteándose como un problema entre el padre y la madre, y menos una cuestión política, porque entonces todas las soluciones serán erróneas.
La custodia compartida en un derecho inalienable y fundamental de los hijos.

Consulta de la ley: http://www.docv.gva.es/datos/2011/04/05/pdf/docv_6495.pdf

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Esta ley beneficia a los hijos, a sus progenitores, a sus respectivas familias y sienta las bases de una sociedad Valenciana igualitaria.
Los hijos nunca han sido de sus madres ni de sus padres, no son en absoluto una posesión de sus progenitores. Los hijos son seres autónomos y tienen derecho a la custodia compartida en condiciones de igualdad.

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La custodia compartida en un derecho inalienable y fundamental de los hijos.

Consulta de la ley: http://www.docv.gva.es/datos/2011/04/05/pdf/docv_6495.pdf

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Esta ley beneficia a los hijos, a sus progenitores, a sus respectivas familias y sienta las bases de una sociedad Valenciana igualitaria.
Los hijos nunca han sido de sus madres ni de sus padres, no son en absoluto una posesión de sus progenitores. Los hijos son seres autónomos y tienen derecho a la custodia compartida en condiciones de igualdad.

La custodia compartida no puede continuar planteándose como un problema entre el padre y la madre, y menos una cuestión política, porque entonces todas las soluciones serán erróneas.
La custodia compartida en un derecho inalienable y fundamental de los hijos.

Consulta de la ley: http://www.docv.gva.es/datos/2011/04/05/pdf/docv_6495.pdf

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