El Parlament alega ante el Constitucional que la reprobación del rey no tiene efectos jurídicos

El rey Felipe VI.
El rey Felipe VI.
EFE
El rey Felipe VI.

El Parlament ha alegado ante el Constitucional que la reprobación del rey aprobada por la misma Cámara que recurrió el Gobierno no tiene "efectos jurídicos" ni puede provocar una infracción constitucional, ya que solo es una "valoración" de la actuación del monarca el 3 de octubre de 2017.

En contra del criterio del Consejo de Estado, el Gobierno de Pedro Sánchez acordó el pasado noviembre impugnar ante el Constitucional una resolución del Parlament, presentada por Catalunya en Comú Podem y aprobada con el apoyo de JxCat y ERC, que denunciaba la actuación del monarca.

En concreto, el texto condenaba la toma de posición del rey en el "conflicto catalán", así como lo que consideraba "justificación de la violencia" policial el 1-O, y abogaba por la abolición de la institución monárquica, que el Parlament calificaba de "caduca y antidemocrática".

En las alegaciones presentadas por el Parlament, el letrado mayor, Joan Ridao, defiende la plena constitucionalidad del texto, pues solo es "un acto parlamentario sin carácter normativo, cuya eficacia se reduce, por tratarse de una declaración dirigida a los ciudadanos, a un mero vehículo de expresión de una aspiración de la institución parlamentaria".

"Por ello mismo no forma parte siquiera del derecho y no tiene potencialidad alguna de provocar una infracción constitucional", añade.

El letrado mayor incide en que la resolución contiene afirmaciones "de naturaleza política y no jurídica", pues éstas "no se integran en el ordenamiento ni producen efectos jurídicos de ningún tipo".

Así, "resulta inconcebible e incluso hilarante que pueda llegarse a plantear que una resolución de este estilo, independientemente de que pueda compartirse, esté proponiendo una modificación de la forma política de Estado definida constitucionalmente, pues ésta tiene sus cauces perfectamente establecidos" en la misma Carta Magna.

Ridao razona incluso que, a partir de "una mera interpretación gramatical", se puede llegar a concluir que ni siquiera es "una moción de reprobación" al monarca, sino solo una "opinión o valoración" sobre "la actuación del jefe del Estado, en concreto, en su intervención institucional del pasado 3 de octubre de 2017", cuando pronunció un discurso televisado criticando el referéndum unilateral del 1-O.

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