Arrestan 30 días a un soldado por ver pornografía infantil en Valencia

El militar fue sorprendido con su ordenador junto a unos compañeros, mientras hacían una guardia.

La Sala de Justicia del Tribunal Militar Central ha confirmado la sanción disciplinaria de treinta días de arresto impuesta a un soldado destinado en el Cuartel General de la Fuerza de Maniobra del Ejército de Tierra (Valencia) por ver pornografía infantil junto a los compañeros que realizaban la guardia ese día en la unidad.

En su sentencia, el tribunal castrense desestima el recurso interpuesto por el soldado S.M.C. contra la sanción disciplinaria por falta grave decretada por el jefe de la Fuerza de Maniobra en aplicación de la Ley de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas, que sanciona las "acciones contrarias a la dignidad militar susceptibles de producir descrédito o menosprecio de las Fuerzas Armadas".

Los magistrados consideraron como hechos probados que el soldado sancionado fue sorprendido el 29 de noviembre de 2005 a las 20.30 horas dentro del Cuerpo de Guardia del Cuartel General de la Fuerza de Maniobra del Ejército "viendo en su ordenador personal un disco compacto conteniendo pornografía infantil, en presencia de los compañeros de dicha guardia".

Su actuación fue sancionada por el jefe de la unidad militar con un arresto preventivo de treinta días de duración. El soldado decidió recurrir el correctivo alegando una infracción del derecho fundamental a la libertad, falta de motivación de la sanción e inexistencia de responsabilidad porque los hechos que se le imputaron no correspondieron a la realidad de lo ocurrido.

Desconocía el contenido del CD

El militar aseguró que había recibido el video pornográfico ignorando su contenido y sin dar su consentimiento y que se disponía a grabarlo para ponerlo en conocimiento de la fuerza pública, argumentos todos ellos que son rechazados por el Tribunal.

Tanto el fiscal jurídico militar como el abogado del Estado solicitaron por escrito que el recurso fuera rechazado por el tribunal al considerar que no se cumplía ninguna de las anomalías que denunciaba el soldado.

La Sala de Justicia del Tribunal Militar Central decidió desestimar el recurso del soldado, rechazando todas sus alegaciones.

En su sentencia, los magistrados subrayaron que el visionado de pornografía infantil dentro del cuartel de la Fuerza de Maniobra en presencia de compañeros de guardia "supera absolutamente un simple comportamiento imperfecto o inexacto de las obligaciones de los miembros de las Fuerzas Armadas, que daría lugar a una falta disciplinaria que cabría calificar de infracción común de escasa importancia".

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