Anpba lamenta que la Junta "vuelve a proponer" la sanción mínima para la persona que lanzó la pava en Cazalilla

La Junta de Andalucía ha incoado expediente sancionador a la persona que el pasado 3 de febrero lanzó una pava viva desde el campanario de la parroquia Santa María de la Magdalena de Cazalilla (Jaén), según ha informado la Asociación Nacional para la Protección y el Bienestar de los Animales (Anpba), que ha lamentado, no obstante, que la administración autonómica "vuelve a proponer la sanción mínima".

La Junta de Andalucía ha incoado expediente sancionador a la persona que el pasado 3 de febrero lanzó una pava viva desde el campanario de la parroquia Santa María de la Magdalena de Cazalilla (Jaén), según ha informado la Asociación Nacional para la Protección y el Bienestar de los Animales (Anpba), que ha lamentado, no obstante, que la administración autonómica "vuelve a proponer la sanción mínima".

Así lo ha explicado el citado colectivo este lunes a través de un comunicado, en el que ha precisado que ha recibido oficio, firmado por el secretario general de la Delegación Provincial de Jaén de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía, en el que le notifica que el delegado provincial, Roque Lara, "ha procedido a dictar acuerdo de inicio de procedimiento sancionador" contra la persona que arrojó al animal con motivo de la festividad de San Blas.

En el texto, según ha añadido, se recuerda a la asociación que como parte interesada en el procedimiento" puede realizar las oportunas alegaciones contra el acuerdo en cuestión. "Lamentablemente, la Delegación de Jaén vuelve a proponer en este acuerdo de inicio la imposición de la sanción mínima, 2.001 euros, motivo por el que Anpba ha redactado las oportunas alegaciones, solicitando nuevamente las máximas sanciones", ha destacado.

En este sentido, ha indicado al Gobierno andaluz el principio de responsabilidad de la Ley 11/2003 de Protección Animal de Andalucía y el principio de proporcionalidad de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, "siendo fundamental que la cuantía de la multa sea la adecuada a fin de que no se vea devaluado el carácter disuasorio de las sanciones", según ha remarcado en su escrito de alegaciones.

A su juicio, el que se siga realizando el lanzamiento de la pava después de siete años (2004 a 2010) de sucesivas multas y de que incluso en 2008 y 2009 las sanciones fueron de 4.002 euros (dos sanciones de 2.001 euros cada una por los meses de febrero y agosto), "es demostrativo de que la cuantía de 2.001 euros es exigua e insuficiente".

Tres agravantes

Al respecto, Anpba ha llamado la atención sobre la concurrencia de "tres agravantes: su trascendencia social, su presunta intencionalidad y la reiteración, año tras año, de dicho lanzamiento". Por ello, ha solicitado las máximas sanciones establecidas en la Ley de Protección Animal y que ascienden a 30.000 euros.

En cualquier caso, ha afirmado que si finalmente la Delegación Provincial impone una sanción de 2001 euros, interpondría recurso de alzada ante la Consejería de Agricultura y Pesca y en caso de mantuviera dicha multa, estudiaría la presentación de una demanda contencioso-administrativa contra la Junta de Andalucía ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Sevilla.

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