Un Decreto regula el sistema de acceso al servicio de atención de residencia para dependientes

El Gobierno de La Rioja ha aprobado esta mañana el Decreto que regula el sistema de acceso al servicio público de atención residencial y al servicio público de estancias temporales para personas mayores grandes dependientes y dependientes severos del sistema riojano para la autonomía personal y la dependencia.
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LA CAIXA
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El Gobierno de La Rioja ha aprobado esta mañana el Decreto que regula el sistema de acceso al servicio público de atención residencial y al servicio público de estancias temporales para personas mayores grandes dependientes y dependientes severos del sistema riojano para la autonomía personal y la dependencia.

Una norma de la que ha dado cuenta la consejera de Servicios Sociales, Sagrario Loza, acompañada del portavoz del Gobierno de La Rioja, Emilio del Río. Ha explicado que con la publicación del Decreto se adapta la normativa existente sobre el sistema de acceso al servicio de atención residencial para personas mayores a la Ley 7/2009, de 22 de diciembre, de Servicios Sociales de La Rioja, que, en su anexo, incluye este servicio en su catálogo de servicios y prestaciones, instrumento en el que se identifican los diferentes servicios y prestaciones que deberán garantizar las Administraciones Públicas de La Rioja. NOVEDADES

Entre las novedades del Decreto aparecen el establecimiento de una nueva clasificación de las plazas de acuerdo con la tipología prevista en la citada Ley 39/2006 distinguiéndose entre las plazas para personas mayores que tengan reconocido el grado de gran dependencia (Grado III) y plazas para personas mayores con dependencia severa (grado II), concretándose entre los requisitos que se van a exigir a los usuarios de estas plazas, el tener reconocido el grado de dependencia III (Gran Dependencia) o el Grado II (Dependencia severa) y ser mayor de 60 años.

Además establece la posibilidad de que el usuario pueda elegir la zona territorial en la que se encuentra el centro residencial para favorecer la cercanía a la localidad donde residan los familiares y promover una relación más estrecha y constante con el entorno familiar, dando así cumplimiento al principio de proximidad y descentralización recogido expresamente en la Ley 7/2009, de Servicios Sociales de La Rioja conforme al cual la prestación de los servicios sociales obedecerá a los principios de máxima proximidad a los ciudadanos y descentralización en los órganos y entidades más cercanos a los mismos.

También contempla, en su Disposición Adicional Primera, la autorización de unidades de gran dependencia con la pretensión de lograr una mayor eficacia y eficiencia en la prestación del servicio de atención residencial.

El texto define el servicio residencial nocturno con el que se persigue poner en marcha, en el marco del Sistema Riojano para la Autonomía Personal y la Dependencia, un servicio orientado a aquellas personas cuyos trabajos se desarrollan en horarios nocturnos y que se ven en la necesidad de hacer uso de un servicio que proporcione los cuidados y atención necesarios a las personas que de ellos dependen durante este periodo de tiempo, de modo que suponga para las familias y cuidadores un respiro durante la noche y contribuya con ello a la conciliación de la vida familiar y laboral.

Loza ha resaltado que reduce la documentación que, desde el punto de vista de la gestión administrativa, debe presentar el usuario en cumplimiento del artículo 35.1.f) de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que establece el derecho a no presentar documentos que se encuentren ya en poder de la administración, en aras de un servicio más ágil y de mayor calidad de cara al ciudadano. 1.409 PLAZAS

La consejera ha destacado que La Rioja cuenta con 1.409 plazas públicas residenciales, con una inversión de 21 millones de euros por parte del Gobierno riojano. De éstas 274 son de Rioja Baja, 220 de Rioja Alta, 306 de Rioja Media y 600 de Logroño.

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