La justicia europea prohíbe las diferencias entre sexos en las primas de los segurosLa justicia europea prohíbe tener en cuenta el criterio del sexo para el cálculo de primas de seguros de coches

  • El Tribunal de Justicia de la UE las considera discriminatorias.
  • En todos los Estados se permite usar el sexo como factor de riesgo.
  • La prohibición se aplicará a partir del 21 de diciembre de 2012.
Un conductor, para ir bien sentado al volante, tiene que ajustar el asiento del coche, el respaldo, el volante, el reposacabezas y los espejos retrovisores.
Un conductor, para ir bien sentado al volante, tiene que ajustar el asiento del coche, el respaldo, el volante, el reposacabezas y los espejos retrovisores.
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Un conductor, para ir bien sentado al volante, tiene que ajustar el asiento del coche, el respaldo, el volante, el reposacabezas y los espejos retrovisores.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha prohibido este martes que las aseguradoras tengan en cuenta el criterio del sexo para el cálculo de las primas de seguros por considerar que ello constituye una discriminación. La prohibición se aplicará a partir del 21 de diciembre de 2012.

Los analistas creen que el dictamen abre la puerta a la subida de los seguros de coche para mujeres, especialmente jóvenes, que ahora pagan primas inferiores a los hombres de su edad porque las estadísticas demuestran que tienen menos riesgo de accidentes.

La normativa europea prohíbe la discriminación por razón de sexo en el acceso a bienes y servicios y su suministro. No obstante, prevé una excepción que permite a los Estados miembros autorizar diferencias en función del sexo en las primas y prestaciones de seguros cuando éste constituya un factor determinante de la evaluación del riesgo y esto se fundamente en datos actuariales y estadísticos pertinentes y exactos.

Esta excepción es la que ha anulado este martes el TUE a petición del Tribunal Constitucional de Bélgica, que recibió varias denuncias de la asociación de consumidores de su país y de dos particulares.

El Tribunal de Justicia considera que con esta excepción "existe un riesgo de que el derecho de la Unión permita indefinidamente la excepción a la igualdad de trato entre mujeres y hombres prevista" por la normativa comunitaria.

"Así pues, un precepto que permite a los Estados miembros afectados mantener de modo ilimitado en el tiempo una excepción a la norma de primas y prestaciones independientes del sexo es contrario a la consecución del objetivo de igualdad de trato entre mujeres y hombres y ha de considerarse inválido tras la expiración de un período transitorio adecuado", señala la sentencia.

"Por consiguiente, el Tribunal de Justicia declara inválida con efectos a 21 de diciembre de 2012 la excepción a la norma general de primas y prestaciones independientes del sexo en el sector de los seguros", concluye.

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