Sale a información pública la reparcelación forzosa del PAI de Porxinos

La Sociedad Litoral del Este, agente urbanizador del Programa de Actuación Integrada (PAI) del sector Masia de Porxinos en Riba-roja del Turia (Valencia), donde está prevista la construcción de viviendas y la nueva ciudad deportiva del Valencia CF, ha sacado a información pública la reparcelación forzosa del proyecto urbanístico.

La Sociedad Litoral del Este, agente urbanizador del Programa de Actuación Integrada (PAI) del sector Masia de Porxinos en Riba-roja del Turia (Valencia), donde está prevista la construcción de viviendas y la nueva ciudad deportiva del Valencia CF, ha sacado a información pública la reparcelación forzosa del proyecto urbanístico.

Tras declararse definitivamente aprobada la homologación y el Plan Parcial Masia de Porxinos —después de subsanarse las deficiencias detectadas— Literal del Este SLU ha formulado el proceso de reparcelación forzosa de la unidad de ejecución única del sector y lo somete a información pública por un plazo de un mes que comenzará a contar mañana, según publica este martes el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV) y recoge Europa Press.

Durante ese período, los interesados en el procedimiento podrán formular las alegaciones que crean convenientes para lo cual estará a su disposición el expediente depositado en una notaría de Riba-roja. Igualmente, cualquier persona podrá comparecer en dicha notaría para obtener una copia del acta de protocolización del proyecto y los documentos que lo acompañan.

Asimismo, la referida documentación, así como el expediente administrativo, podrá ser consultado en los locales del Ayuntamiento de la población.

En aplicación de la Ley Urbanística Valenciana, los propietarios y titulares de derechos afectados por la reparcelación están obligados a exhibir los títulos que posean y declarar las situaciones jurídicas que conozcan y afecten a sus fincas, por lo que sirve la presente notificación como requerimiento para la aportación de esos datos, advirtiendo de que "la omisión, error o falsedad de estas declaraciones no podrá afectar al resultado objetivo de la reparcelación".

En caso de que se apreciare dolo o negligencia grave podrá exigirse la responsabilidad civil o penal que corresponda, avisa el texto oficial.

También se hace constar que durante el periodo de información pública los propietarios de suelo que por la escasa cuantía de su derecho no reciben adjudicación sobre parcela podrán pedir, de acuerdo con otros propietarios, la adjudicación de sus derechos formando un condominio en la finca de resultado, en su caso, adjudicada.

De igual modo, los interesados podrán efectuarse requerimientos recíprocos para sustituir las cuotas de condominio previstas en el proyecto con indemnizaciones en metálico. El requerimiento deberá cursarse mediante acta notarial y ofrecer, simultánea y alternativamente, el pago o el cobro de la indemnización en metálico, dando un plazo de 10 días al requerido para elegir si prefiere pagar o cobrar a un mismo precio unitario.

El pago o consignación de la indemnización deberá ser objeto de garantía financiera con carácter previo a la aprobación del proyecto de reparcelación. La aportación de la referida garantía es condición de eficacia de los indicados requerimientos. Si un propietario no atiende un requerimiento debidamente formulado se entenderá que prefiere cobrar y la reparcelación se aprobará.

En relación con esta misma cuestión, el artículo 174.8 de la ley urbanística establece que cuando la cuantía del derecho de un propietario no alcance o exceda de lo necesario para adjudicarle lotes independientes completos, los restos, siempre que su cuantía no exceda del 15 por ciento de la parcela mínima edificable, podrán satisfacerse mediante compensaciones económicas complementarias equivalentes a las diferencias de adjudicación.

Las alegaciones que, en su caso, fueran formuladas serán presentadas ante el Ayuntamiento de Riba-roja de Túria. Además para dotar de las "mayores garantías" al procedimiento, se publicará un edicto complementario en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia dirigido a los titulares de bienes cuya identidad es desconocida o no se sabe su domicilio.

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