Absuelto al no ser probado que destinara a la venta la marihuana que tenía en su casa

El Juzgado de lo Penal número tres de Jaén ha absuelto a un vecino de Santiago-Pontones al no poder comprobarse que las plantas de marihuana que tenía en su casa tuvieran como destino la venta a terceras personas.

El Juzgado de lo Penal número tres de Jaén ha absuelto a un vecino de Santiago-Pontones al no poder comprobarse que las plantas de marihuana que tenía en su casa tuvieran como destino la venta a terceras personas.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, señala que el 24 de septiembre de 2008 agentes de la Guardia Civil se incautaron en el domicilio del acusado, A.P.M., de dos plantas de marihuana de una altura de entre uno y dos metros de altura y cuyo contenido TCH fue del 1,24 por ciento.

Sin embargo, no ha podido probarse que el hombre las destinara a la venta a terceras personas así como se haya acreditado el peso que arrojó de 5.607,40 gramos. Por ello, la juez ha absuelto con todos los pronunciamientos favorables a A.P.M. del delito contra la salud pública del que había sido acusado.

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