Condenado un centro estético de Valladolid a indemnizar a una mujer que sufrió quemaduras en una depilación láser

La Audiencia de Valladolid ha condenado a un centro de estética vallisoletano a indemnizar a una mujer con 13.028 euros por las quemaduras que sufrió al ser sometida a un tratamiento de depilación láser aplicado por un técnico sin formación médica.

La Audiencia de Valladolid ha condenado a un centro de estética vallisoletano a indemnizar a una mujer con 13.028 euros por las quemaduras que sufrió al ser sometida a un tratamiento de depilación láser aplicado por un técnico sin formación médica.

En concreto, el fallo de la Audiencia condena al Centro Estético Body Cult Láser Comercial Cosmética Valladolid, S.L, a pagar 13.028,76 euros en concepto de indemnización a N.S.S. por las secuelas y los días de curación que precisó tras someterse al citado tratamiento en 2007, según informaron a Europa Press fuentes de El Defensor del Paciente, cuyos servicios jurídicos tramitaron el caso.

Ya el Juzgado de primera instancia número 6 de Valladolid estimó que la actuación del técnico que aplicó el láser a la afectada (empleado de la entidad demandada sin formación médica alguna) fue la causa de las quemaduras en ingles y piernas de ésta, daños que precisaron del correspondiente tratamiento médico y dermatológico, y por los que estimó una indemnización a favor de la actora sensiblemente inferior.

Ahora la Audiencia Provincial, en sentencia de octubre de este año, confirma aquella resolución en todos sus términos, elevando además la cuantía de la indemnización, atendiendo los motivos esgrimidos por la actora en su recurso. La Sala entiende que el perjuicio estético que se produce a la clienta, de 33 años en el momento de los hechos, es muy superior al que en su momento fue valorado por el Juzgado de Instancia, atendiendo además al motivo que llevó a N.S.S. a someterse al tratamiento de depilación láser, cual era la mejora de su aspecto estético, preocupada por su imagen y aspecto físico.

Así las cosas, el perjuicio es mayor y, por tanto, también ha de serlo la indemnización por los daños ocasionados.

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