El TSJA deniega a USTEA su petición de anular provisionalmente el Plan de Calidad

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha denegado al sindicato USTEA la petición que realizó el pasado mes de septiembre para que se ejecutara e hiciera efectiva en su totalidad la sentencia que el Alto Tribunal dictó el 8 de julio y por la que anulaba, con carácter provisional, la orden del Programa de Calidad y Mejora de los rendimientos escolares de la Consejería de Educación --que preveía incentivos de hasta 7.000 euros para los docentes acogidos al mismo-- hasta que el Tribunal Supremo se pronunciara al respecto.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha denegado al sindicato USTEA la petición que realizó el pasado mes de septiembre para que se ejecutara e hiciera efectiva en su totalidad la sentencia que el Alto Tribunal dictó el 8 de julio y por la que anulaba, con carácter provisional, la orden del Programa de Calidad y Mejora de los rendimientos escolares de la Consejería de Educación —que preveía incentivos de hasta 7.000 euros para los docentes acogidos al mismo— hasta que el Tribunal Supremo se pronunciara al respecto.

Según un auto de la sección tercera de la sala de lo contencioso administrativo del TSJA, al que ha tenido acceso Europa Press, se rechaza esta petición del sindicato porque la sentencia por la que se anula el Plan de Calidad "declara la nulidad de determinados pormenores de una disposición de carácter general sin que se anude, a tal declaración anulatoria, el reconocimiento de ninguna situación individualizada".

Es decir, que el pronunciamiento que hizo el Alto Tribunal al respecto del Plan de Calidad —en el que argumentó, entre otras cuestiones, que los incentivos que reciben los profesores acogidos "no se vinculan, ni en su percepción ni en su cuantía, con la consecución de los objetivos" marcados en la Ley de Educación de Andalucía (LEA)— es "puramente declarativo" y que, por tanto, no procede "despachar" la ejecución provisional que pide USTEA porque, si se hiciera, se anticiparían los "efectos generales" que dicha orden podría tener.

Para reforzar esta decisión, el TSJA cita un criterio establecido por el Tribunal Supremo (TS) en anteriores sentencias y en el que se establece que, "dadas las específicas previsiones de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (LJCA) para la ejecución de sentencias firmes que anulen disposiciones generales, resulta patente que no cabe la ejecución provisional de sentencias que contengan declaraciones de no conformidad a derecho de disposiciones de carácter general cuya anulación total o parcial es acordada".

Pese a esta denegación a USTEA, el auto del Alto Tribunal no es firme y, ante él, el sindicato podrá interponer un recurso de reposición en un plazo de cinco días.

Argumentos de ustea contra el plan

USTEA, sindicato que presentó el recurso contra el Plan de Calidad "en representación de la mayoría del profesorado" en 2008 y al que el TSJA dio la razón el pasado 8 de julio anulando provisionalmente dicho programa de incentivos, pidió al TSJA la ejecución de la sentencia en septiembre después de que la Consejería de Educación presentara un recurso de casación ante el Supremo.

Con esta petición, el sindicato pretendía que el Alto Tribunal ejecutara provisionalmente la sentencia y, por tanto, anulase el plan en su totalidad mientras que el Supremo se pronunciara al respecto para evitar así "la producción de una multiplicidad de actos nulos en aplicación de la referida orden", ya que, para USTEA, la continuidad del Plan de Calidad, al ser una orden que se aplica a todo el sistema educativo público andaluz, causaba perjuicios "más que considerables a los intereses públicos de continuar su vigencia".

Entre esos perjuicios, señalaba USTEA, se encontraba el de que el Plan de Calidad implica "un gran gasto público sin justificación alguna" porque, a su entender, no está vinculado a una mayor eficacia del sistema educativo y "tan solo es una pantalla administrativa para una serie de gastos sin cobertura legal alguna".

Nueva convocatoria del plan

Con todo, y al no ser aún la sentencia del TSJA firme, la Junta de Andalucía mantiene abierta una nueva convocatoria del Plan de Calidad y a la que los centros escolares de la comunidad pueden acogerse hasta el próximo 15 de noviembre. De hecho, el pasado 6 de octubre, la Dirección general de Ordenación y Evaluación Educativa dictó instrucciones para recordar a los colegios e institutos que el programa de incentivos seguía vigente.

No obstante, en dichas instrucciones la Consejería también admitió que la "voluntad" del departamento es la de establecer "un nuevo marco normativo que, manteniendo sus fundamentos y filosofía, se enriquezca con las modificaciones que resulten de la evaluación del Programa que está desarrollando la Agencia Andaluza de Evaluación Educativa y de la experiencia acumulada, con el objetivo de incrementar el número de centros acogidos al mismo y generalizar la cultura de la evaluación".

Pero hasta que esta nueva norma se redacte, aclara Educación, los centros deberán regirse por estas instrucciones en las que, además de establecerse una nueva convocatoria del actual plan de incentivos, se especifica que los centros que se acogieron en el primer curso de su puesta en marcha (2007-2008) deben someterse, tras los tres años correspondientes de implantación, a la fase de evaluación.

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