Condenado a indemnizar con 1,7 millones a un paciente que quedó parapléjico

  • El paciente quedó parapléjico en el transcurso de una operación.
  • Sufría falta de relajación en el esfínter interior del esófago.
  • El dinero es para resarcir a la víctima y para acondicionar su casa.

Un juzgado de Bilbao ha condenado a un cirujano de la capital vizcaína a indemnizar con 1,7 millones de euros a un paciente que sufrió una lesión medular y quedó parapléjico en el transcurso de una operación para corregir un problema de acalasia.

La compañía aseguradora Zúrich deberá responder solidariamente hasta los 600.000 euros de esta cantidad, límite máximo de la póliza suscrita por el médico condenado. La operación, según la sentencia  se realizó el 31 de mayo de 2007 en la Clínica Vicente San Sebastián de Bilbao.

El paciente, Juan U.I., que en aquel momento tenía 39 años, padecía una acalasia, una patología que "consiste en una falta de relajación del esfínter interior del esófago, lo que comporta dificultades en su vaciamiento" y provoca, en mayor o menor medida y según los casos, "regurgitaciones, dolores torácicos y adelgazamiento", se apunta en la sentencia.

Por las maniobras efectuadas

La intervención corrió a cargo del doctor Julio F.P., auxiliado por otros dos médicos. En un momento de la operación se produjo una "hemorragia cuantiosa que no se consiguió cohibir ni tampoco objetivar su origen", por lo que se decidió llamar a otro equipo de cirujanos.

Este segundo equipo decidió realizar una "toracoesternotomía" (sección quirúrgica de la pared torácica), para exponer y controlar la aorta torácica, de la cual se sospechó provenía el sangrado, y procedió "al cierre del defecto de la aorta, localizado en la cara anterior de la aorta, de un centímetro de tamaño aproximadamente, consiguiéndose el control definitivo de la hemorragia". Tras esta intervención, el doctor Julio F.P. practicó la cirugía inicialmente prevista.

El paciente fue trasladado a la UCI, donde al día siguiente se le diagnosticó una "posible sección medular completa". Posteriormente el Instituto Guttman, especializado en este tipo de problemas, confirmó la lesión, "causada por la disminución del riego sanguíneo provocado por la hemorragia sufrida y por las maniobras efectuadas para su control y subsanación".

Daño desproporcionado

El paciente, en principio, atribuyó la lesión, "el desgarro aórtico", al primer equipo médico, pero posteriormente amplió la demanda contra los componentes del grupo que "compareció en el quirófano al recibir la llamada de ayuda".

La sentencia reconoce las versiones "radicalmente contradictorias" de los peritos presentados por ambos equipos de cirujanos a la hora de determinar cuándo se produjo la lesión y señala que "la prueba practicada no permite determinar con seguridad la causa de la grave hemorragia".

El juez opina que, pese a estas discrepancias, al cirujano ahora condenado le es aplicable la "doctrina del daño desproporcionado" porque la intervención primera "no debería haber provocado una hemorragia de vaso principal".

En consecuencia, el juez condena al doctor Julio F.P. al pago de 1.761.783,90 euros, por los daños físicos causados, los perjuicios económicos que deberá afrontar el demandante al no poder proseguir con su carrera como ingeniero de caminos y por los gastos a los que tendrá que hacer frente para, entre otras cosas, adecuar su vivienda a su condición actual.

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