Vara califica de "incoherencia" que en Cataluña haya "un discurso" para los toros y otro para los correbous

El presidente de la Junta de Extremadura, Guillermo Fernández Vara, ha calificado de "incoherencia" que en Cataluña haya un "discurso para prohibir las corridas de toros" y otro para los correbous.

El presidente de la Junta de Extremadura, Guillermo Fernández Vara, ha calificado de "incoherencia" que en Cataluña haya un "discurso para prohibir las corridas de toros" y otro para los correbous.

"No entiendo como en alguna parte de España se pueda tener un discurso para prohibir las corrida de toros y uno distinto para los festejos populares", ha manifestado Vara durante su comparecencia en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno de los viernes.

Para el presidente extremeño la decisión catalana de prohibir los toros y blindar el correbous forma parte de "su legítima autonomía", si bien a él le "parece una incoherencia". Al respecto, Vara ha lamentado que se mantenga un "criterio cuando se hace una cosa" y luego se decida "cambiarlo" cuando se trata de aquello que a uno le afecta.

Erradicar el maltrato

Por otra parte, el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura ha aprobado hoy un decreto para regular los festejos populares taurinos en la región, con los objetivos básicos de garantizar los derechos de los animales y de velar por la seguridad de las personas que asistan a estas celebraciones.

Según ha explicado Fernández Vara este acuerdo es fruto de "un amplio consenso" de los agentes relacionados con los festejos, a lo que ha añadido que esta normativa dará pie a que "sea compatible el mantenimiento de esta tradición de los festejos taurinos populares con la seguridad para las personas y con la protección de los animales".

Esta regulación motivará que "se erradique, de manera frontal, cualquier atisbo de maltrato hacia" los animales, según ha subrayado Fernández Vara, que al ser preguntado por si existe alguna celebración popular en la que haya maltrato, recordó que hasta "hace muy poco tiempo", en localidades como Coria "se utilizaba unos alfileres" que se clavaban a los lomos del toro, empleando una cerbatana.

Al respecto, agregó que lo que se hace con el nuevo decreto es evitar "formalmente" que hechos como los que ocurrían en Coria, y que ya no suceden desde hace dos años, en las fiestas de los San Juanes puedan "volver a existir".

Cuatro tipos

En concreto, el Consejo de Gobierno aprobó un decreto mediante el que se establece el reglamento que regula las condiciones de promoción, organización y desarrollo de los festejos taurinos de carácter popular que se celebren en la Comunidad Autónoma de Extremadura, que entrará en vigor el día 1 de enero de 2011.

De acuerdo con el reglamento, los festejos taurinos populares se clasifican con carácter general en: encierros, suelta de reses, becerradas populares y festejos declarados tradicionales.

El reglamento define los festejos taurinos tradicionales como aquellos cuya celebración arraigada socialmente se viene realizando en la localidad de forma continuada desde tiempos inmemoriales, desarrollándose de acuerdo con la costumbre del lugar.

En este sentido, se entiende por celebración desde tiempo inmemorial "aquellos festejos en los que se acredite por cualquier medio admitido en derecho que tienen una antigüedad de, al menos, cien años".

Asimismo podrán ser declarados tradicionales los festejos taurinos populares que hayan sido declarados como fiesta de interés turístico por los órganos competentes de la Comunidad Autónoma o de ámbito territorial superior.

El decreto prohíbe los festejos taurinos populares que consistan en embolar las defensas de las reses, prendiendo fuego al material o sustancia con que se tiene realizado el embolado, los que consistan en sujetar antorchas o elementos similares en sus cuernos, o los consistentes en atar reses a un punto fijo, con cadenas, sogas o de cualquier otra forma limitando su movimiento, salvo que ello sea necesario para la recogida de aquéllas a fin de dar por concluido el festejo.

También quedarán prohibidos los que consistan en realizar juegos con la res que desvirtúen el sentido lúdico taurino del festejo popular, o en los que se empleen artilugios o burladeros que no sean populares o tradicionales de nuestra región, o impliquen riesgos para la integridad de los participantes o las reses que en ellos participen.

El reglamento detalla los requisitos que en materia de medios técnico-sanitarios y personal facultativo se exigen para garantizar una rápida y eficaz asistencia y traslado urgente a los centros hospitalarios de los heridos que pudiera ocasionar la celebración del espectáculo.

Por otra parte, y con carácter general, la edad mínima para participar en un festejo taurino popular será de dieciocho años, si bien se permitirá la participación de mayores de 16 años en festejos en los que las reses utilizadas sean machos menores de dos años y/o vacas claramente despuntados/as de cualquier edad que no sean consideradas peligrosas

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