El CES-A aprueba el dictamen del anteproyecto de Ley de Salud Pública aunque lo ve "excesivamente ambicioso"

El Pleno del Consejo Económico y Social de Andalucía (CES-A) ha aprobado por unanimidad el dictamen sobre el Anteproyecto de Ley de Salud Pública de Andalucía, aunque considera que dicho anteproyecto de Ley se plantea "excesivamente ambicioso" y deja "demasiadas cuestiones pendientes de posterior desarrollo reglamentario", además de señalar la "ausencia" de una memoria económica adecuada "que permita valorar la incidencia de la aplicación de la futura Ley".

El Pleno del Consejo Económico y Social de Andalucía (CES-A) ha aprobado por unanimidad el dictamen sobre el Anteproyecto de Ley de Salud Pública de Andalucía, aunque considera que dicho anteproyecto de Ley se plantea "excesivamente ambicioso" y deja "demasiadas cuestiones pendientes de posterior desarrollo reglamentario", además de señalar la "ausencia" de una memoria económica adecuada "que permita valorar la incidencia de la aplicación de la futura Ley".

En una nota, el CES-A explicó que este anteproyecto fue remitido por la Consejería de Salud y de él se ha ocupado la Comisión de Trabajo de Políticas Sociales del propio Consejo.

El dictamen emitido por el CES-A considera positiva una iniciativa legislativa que viene a "avanzar y profundizar en lo recogido en la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, pues desarrolla en una gran norma de carácter general todos los aspectos relativos a uno de los derechos más importantes para la ciudadanía, como es el derecho a la salud pública, tanto individual como colectiva, desde una perspectiva integral y transversal".

El Consejo también indica en su dictamen que la Ley de Salud "estaba muy centrada en aspectos asistenciales, lo que unido al tiempo transcurrido desde su aprobación, hacía necesario abordar la regulación legal de la salud pública, basada en un concepto más amplio del término salud, que superara el aspecto meramente asistencial para atender e incluir la promoción, la prevención y los derechos de la ciudadanía en la legislación y se adaptara así a la realidad de la sociedad andaluza actual".

Junto a este reconocimiento inicial, el CES de Andalucía cree que el anteproyecto de Ley se plantea "excesivamente ambicioso" y deja "demasiadas cuestiones pendientes de posterior desarrollo reglamentario".

De la misma manera, dentro de las observaciones generales recogidas en el dictamen, el CES apunta a que es necesaria una "rigurosa concreción y definición de contenidos y procedimientos en lo relativo a cuestiones como son la salud medioambiental y laboral", para así "evitar la duplicidad en determinados campos y, sobre todo, para evitar la situación de compartir competencias entre consejerías".

Por otra parte, en relación con la obligación de determinados proyectos a someterse a un informe de impacto de salud, el Consejo recomienda "integrar este procedimiento en los sistemas de autorización regulados por la Ley de Gestión Integral de la Calidad Ambiental, con una definición clara de sus contenidos y procedimientos". En esta misma línea, el CES de Andalucía pide una "mayor concreción" en lo referente a la adopción de medidas disciplinarias provisionales o cautelares a las empresas sobre la gestión del riesgo para la salud, con el fin de "garantizar la actividad empresarial".

El CES-A además solicita "más claridad" para "evitar el posible conflicto competencial con las entidades locales, garantizar la participación de la ciudadanía y establecer los límites del derecho al acceso a la información y la transparencia".

En cuanto a la organización de la salud pública, el dictamen del CES andaluz considera que la adecuación y reestructuración que precisa el sistema sanitario público de Andalucía "pasa no por la atomización, sino por una tendencia a la unificación de todas las agencias y pide una mejor definición de los agentes de salud, así como de las competencias de las entidades colaboradoras de la Administración" e igualmente, señala la ausencia de una memoria económica adecuada "que permita valorar la incidencia de la aplicación de la futura Ley".

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