Cabildo de Gran Canaria concede más de 5.000 licencias para cazar, cifra que se prevé incrementará en los próximos días

La Consejería de Medio Ambiente del Cabildo de Gran Canaria ha concedido en lo que va de 2010 un total de 5.000 licencias para cazar en la isla aunque esta cifra se prevé que incremente hasta 6.500 a finales de la semana, ya que Medio Ambiente continúa tramitando licencias en los días de la apertura de la veda.

La Consejería de Medio Ambiente del Cabildo de Gran Canaria ha concedido en lo que va de 2010 un total de 5.000 licencias para cazar en la isla aunque esta cifra se prevé que incremente hasta 6.500 a finales de la semana, ya que Medio Ambiente continúa tramitando licencias en los días de la apertura de la veda.

Desde el pasado 1 de agosto las especies que se pueden cazar son de conejo con perro, hurón y sin escopeta, y la perdiz, especies sobre las que actúan principalmente los cazadores, según informó el Cabildo insular en nota de prensa.

También se permitirá practicar la caza con perro de pluma sin escopeta entre el 1 de agosto y 9 de septiembre. Los días hábiles de caza, en todos los casos, son jueves, domingos y festivos, salvo el 8 de septiembre.

De todos modos, la Orden de caza autoriza para la isla de Gran Canaria un máximo de tres conejos, tres perdices rojas y una cantidad ilimitada de palomas bravías por cazador y día; o de nueve conejos, nueve perdices rojas y una cantidad ilimitada de palomas bravías si se trata de cuadrillas.

Sin embargo, no hay límite de piezas para animales asilvestrados.

En Gran Canaria existen un total de 11 sociedades repartidas por diferentes municipios de la isla.

Respecto a la superficie total restringida para la actividad cinegética por los espacios naturales protegidos, supone un 11,12 por ciento del territorio insular, 17.350 hectáreas.

Por otro lado, para obtener la licencia de caza se requiere el cumplimiento y acreditación fehaciente, por el solicitante, de tener cumplidos los 14 años de edad; contar con la autorización expresa de su representante legal, respecto a los menores de edad, y mayores de 14 años, no emancipados.

Asimismo, quienes lo soliciten deberán no hallarse inhabilitados para la práctica cinegética por resolución judicial o administrativa firme, ni suspendidos para dicho ejercicio; haber superado las pruebas de aptitud; disponer de la preceptiva licencia o permiso de armas en vigor, respecto a las licencias que habiliten para el ejercicio de la caza con armas de fuego; abonar las tasas o recargos exigidos por la legislación aplicable; tener suscrito seguro obligatorio de responsabilidad civil del cazador, en vigor.

Finalmente, las personas que quieran obtener por primera vez la Licencia de Caza en Gran Canaria deberán presentarse a las pruebas de admisión.

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