La Audiencia condena a un año y nueve meses de cárcel a una empleada de hogar por falsificar cheques

La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a un año y nueve meses de prisión a una empleada de hogar por falsificar cheques bancarios con la firma de la anciana de 72 años a la que prestaba servicios, y con los que cobró 2.600 euros en total.

La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a un año y nueve meses de prisión a una empleada de hogar por falsificar cheques bancarios con la firma de la anciana de 72 años a la que prestaba servicios, y con los que cobró 2.600 euros en total.

La sentencia rebaja así siete meses la pena de cárcel impuesta hace un año a la acusada, María Pilar F.I., por el Juzgado de lo Penal número Tres de Santander por un delito continuado de estafa en concurso con otro de falsificación en documento mercantil.

La imputada presentó recurso de apelación contra la condena, que la Audiencia estima en parte, ya que considera que se aplicó el tramo inferior de la condena por estos delitos a la hora de imponer la multa, pero sin embargo se aplicó el máximo permitido en la pena de prisión, sin que se justificara dicha decisión.

Por lo demás, mantiene para la acusada la multa de 1.620 euros y una indemnización de 2.600 euros a las que fue condenada por el Juzgado.

María Pilar F.I. se encargaba desde julio de 2006 de cuidar a una anciana que padecía una minusvalía física que le impedía moverse de forma autónoma, y de realizar las tareas domésticas de la casa.

La anciana le entregaba todos los meses dos cheques que la acusada cobraba en una oficina bancaria donde aquella tenía una cuenta a su nombre. Uno de los cheques correspondía al sueldo de la empleada y otro a los pagos y compras domésticas de cada mes.

La empleada, que conocía el lugar donde la anciana guardaba el talonario, rellenó y firmó en su nombre, de abril a septiembre de 2007, seis cheques de entre 650 y 300 euros.

En un principio el banco no puso impedimentos para su cobro, ya que sabían que la acusada era una de confianza de su clienta, pero en un momento determinado les extrañó que la cuenta empezara a tener saldo negativo, lo que comunicó a los hijos de la víctima.

En su recurso, la acusada alegó error en la valoración de la prueba, argumento que rechaza la Audiencia, aunque sí le da la razón en cuanto a que por el delito de falsedad documental se le impone el mínimo de multa previsto (nueve meses), mientras que "sin razón" justificada se le aplica la pena de prisión más alta (dos años, cuatro meses y 15 días).

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