Condenan al ex alcalde de Salares a 1 año de cárcel por no actuar ante las obras de una casa ilegal

El Juzgado de lo Penal número 7 de Málaga ha condenado al ex alcalde de la localidad malagueña de Salares Jorge Luis Fernández a un año de prisión y ocho de inhabilitación para cargo público por un delito contra la ordenación del territorio, al no actuar ante las obras de una vivienda ilegal y por expedir un certificado en el que indicaba que la casa reunía las condiciones de habitalibidad, lo que supone "una auténtica licencia de primera ocupación".

En la sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, se condena, además, a un año de prisión, multa de 5.400 euros e inhabilitación como promotor o constructor durante un año al propietario de la parcela, catalogada catrastralmente como terreno agrícola y actualmente terreno rústico, quedando clasificado como no urbanizable, dentro de los límites de la Reserva Nacional de Caza 'Sierras Tejeda y Almijara'.

Según la resolución, que no es firme, el promotor solicitó en 1999 al Ayuntamiento licencia para una vivienda, que "nunca llegó a concederse" por no presentarse el proyecto técnico y por el informe desfavorable de la Secretaría. Pese a ello, el acusado procedió entre 2001 y 2007 a la ejecución de las obras de una casa unifamiliar de unos 160 metros cuadrados. En 2006, pidió y se le concedió autorización para un cercado y realizó, además, un muro de hormigón.

En el caso del entonces alcalde, que tomó posesión en noviembre de 2001, el juez entiende que tuvo "pleno conocimiento de la ilicitud de las obras que el coacusado realizaba", ya que fue informado "en reiteradas ocasiones" por la secretaria del Ayuntamiento. Además, "plenamente consciente de la ilegalidad, hizo caso omiso a las reiteradas denuncias" del propietario de una parcela colindante, "no ordenando" el inicio del restablecimiento de la legalidad.

Asimismo, concluye que "a los fines de dar a la construcción que se realizaba apariencia de legalidad", a petición del otro acusado, expidió un certificado en septiembre de 2006 "afirmando que la vivienda está totalmente terminada y reúne las condiciones necesarias de habitabilidad para concederle la calificación de apta para primera ocupación". Por otro lado, denegó la licencia solicitada por el dueño de la parcela colindante para una nave apícola.

Para el juez, es "indudable" que la construcción se ha efectuado en suelo no urbanizable, "careciendo de licencia o autorización". Además, asegura que "no puede discutirse" que el entonces regidor "tenía obligación legal de velar por el cumplimiento de la legalidad urbanística" en su municipio "ni se puede argumentar que desconocía la realidad de la construcción".

En este punto, argumenta este conocimiento en que eran unos 200 habitantes en 2002 y en que sabía que había informe negativo, llegando a justificar la construcción en que el otro acusado "tenía necesidad y en que "era vecino del pueblo". Además, sabía de las denuncias presentadas por el otro propietario, "hasta 19", y de los requerimientos de información por parte de la Junta de Andalucía, que "desatendió".

Asimismo, señala que "llama la atención" los conocimientos del entonces alcalde de Salares a la hora de denegar la autorización para la nave apícola solicitada por el propietario de la finca colindante, que ejerció en esta causa como acusación particular; "frente al desconocimiento que alega en materia urbanística respecto de la construcción que el acusado llevaba a cabo".

"La conducta del acusado —ex regidor— no solamente ha de ser encuadrada en su modalidad de prevaricación omisiva, sino que pueden considerarse como conducta prevaricadora activa, pues la certificación como vivienda apta para primera ocupación suscrita por el acusado constituye una auténtica licencia de primera ocupación, contraria a las normas urbanísticas por cuanto afecta a una construcción ilegal", apunta la sentencia.

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