M.La nueva Ley de Aguas fomentará la gestión del agua a través de entidades supramunicipales

La primera Ley de Aguas de la comunidad autónoma de Andalucía, que aprobará el Parlamento andaluz el próximo 28 de abril, fomentará la constitución de entidades supramunicipales con personalidad jurídica propia que se encargarán de los servicios de abastecimiento y depuración en el ámbito urbano.

La primera Ley de Aguas de la comunidad autónoma de Andalucía, que aprobará el Parlamento andaluz el próximo 28 de abril, fomentará la constitución de entidades supramunicipales con personalidad jurídica propia que se encargarán de los servicios de abastecimiento y depuración en el ámbito urbano.

Según indicó a Europa Press el director gerente de la Agencia Andaluza del Agua, Juan Paniagua, además de estas funciones, tanto la Junta de Andalucía como las autoridades municipales podrán delegar en estas entidades supramunicipales —que podrán adoptar la forma de consorcio, mancomunidad u otra fórmula asociativa similar— las competencias que consideren oportunas.

Entre las mismas, pueden contarse, precisó, la construcción y mejora de las infraestructuras de depuración de interés de la comunidad a través del establecimiento de convenios, el seguimiento sobre la aplicación de las normativas vigentes y de los criterios técnicos de prestación de los servicios y la presentación y elaboración de proyectos de obras que se someterán a la aprobación de la Agencia Andaluza del Agua.

Paniagua explicó que la conformación de estas entidades supramunicipales será obligatoria en el caso de que la Administración ambiental lo considere necesario por razones técnicas, económicas o ambientales, o bien cuando una entidad local tenga competencia sobre el abastecimiento de dos o más municipios para garantizar el acceso a los servicios del agua en condiciones de igualdad.

Tal y como indicó el director gerente, en caso de que éstos no se constituyen a pesar de ser obligatorio, las entidades locales que se opongan no podrán beneficiarse de las medidas de fomento y auxilio económico para la construcción de las infraestructuras del agua, su mantenimiento y explotación, que se establezca la Junta de Andalucía.

Retirar la gestión a los municipios

De este modo, la Ley contiene mecanismos para que sea la Agencia Andaluza del Agua quien asuma, de forma subsidiaria, la competencia en la distribución y depuración de aguas "cuando de la prestación del servicio se derive grave riesgo para la salud de las personas o se incumpla de manera reiterada la normativa ambiental con grave riesgo para el medio ambiente".

Así, hasta que se recupere la situación, la Junta de Andalucía podrá trasladar a los entes los gastos derivados de la inversión, mantenimiento y explotación de los servicios. Además, los municipios que sean sancionados no podrán acceder a ayudas públicas para el mantenimiento y modernización de las redes.

Además, con el objetivo de fomentar la participación de los usuarios del agua y la transparencia en la gestión, algo en lo que incide especialmente la Directiva Marco de Aguas, en el seno de estas entidades supramunicipales se constituirán órgano de participación, en el que tendrán representación las administraciones, agentes económicos y sociales y organizaciones conservacionistas.

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