El trabajador tiene derecho a reducir su horario laboral entre un 12,5% y un 50%, pero se le aplicará una disminución proporcional del salario.
La reducción voluntaria de la jornada laboral es un derecho, recogido en el Estatuto de los Trabajadores (art. 37.5), al que sólo pueden acceder los empleados que estén en alguna de las siguientes situaciones familiares:
- Tener la guardia legal de un hijo, biológico o adoptado, menor de ocho años.
- Estar al cargo de un familiar de hasta segundo grado de consanguinidad que no sea capaz de valerse por sí mismo y no realice ninguna actividad laboral retribuida.
- Ser responsable de una persona con discapacidad física, psíquica o sensorial que no trabaje.
Para acogerse a una reducción de jornada, el trabajador tiene que comunicarlo a la empresa por escrito.
Debe remitir un documento al departamento de recursos humanos en el que se identifique y detalle la fecha en la que desea iniciar la reducción y su nuevo horario, según apunta la revista Consumer. Hay que comunicarlo por escrito a la empresa
En el comunicado, el demandante debe recordar a la compañía que, si en un plazo determinado no contesta, el documento servirá como aceptación expresa de la reducción de jornada. Por ello, se recomienda enviar el escrito a través de burofax para que tenga carácter de prueba frente a terceros.
Una vez enviado, lo deseable es que la compañía se ponga en contacto con el trabajador y acceda a su petición. Para sellar el acuerdo, no basta con una aceptación verbal. Es recomendable que el comunicado se firme entre las dos partes, con copia para ambas.
Si la empresa se niega o no acepta los nuevos horarios propuestos por el trabajador, las discrepancias deben resolverse, previa demanda, por la jurisdicción competente. Según la ley de procedimiento laboral, el proceso debe ser urgente y preferente.
Una reducción voluntaria no conlleva la modificación del contrato laboral: el empleado trabaja menos horas de las habituales, pero no rompe su relación contractual con la empresa e inicia una nueva con otras condiciones laborales (jornada parcial, antigüedad).Por este motivo, el trabajador no ha de firmar un nuevo contrato de media jornada. Para disfrutar de la reducción, sólo será necesario sellar el acuerdo con la firma del comunicado. La ley protege del despido a los que tienen jornada reducida
Seguridad ante los despidos
La normativa laboral española protege, ante un posible despido, a los trabajadores que disfruten de una reducción de su jornada laboral, con independencia del motivo que la cause. Si la empresa que contrata rescinde la relación contractual, el empleado tiene derecho a recurrir esa decisión porque, según las leyes, vulnera sus derechos fundamentales.
Cuando esto ocurre, un juez de lo social declara el despido como nulo y obliga a la empresa a que readmita al trabajador de forma inmediata y le abone los salarios dejados de percibir o de tramitación. Esto es así siempre que la sentencia no estime que la decisión del empresario es procedente o que el despido se catalogue como disciplinario.



Rajoy presentará los presupuestos "el viernes 30 de marzo"
CEOE: "Los parados logran empleo milagrosamente antes de agotarlo"
Las corridas de toros siguen sin tener cabida en TVE
Acuerdan mejorar la privacidad en 'apps' para móviles
Una joven de 16 años muerta al volcar un bus escolar en Ávila
Un juez de Ceuta autoriza el enlace civil de dos 'sinpapeles' africanas
"El 15-M mezcla radicalismo político y desconocimiento"
Y el Oscar es para... quien más pague



¡Sé el primero en hacerlo!