Confirman los 52 años de prisión contra unos padres por abusar de sus tres hijos

  • Los condenados obligaban a sus hijos a presenciar cómo tenían sexo, les animaban a tenerlo entre ellos y les maltrataban.
  • El matrimonio achacó todo a una venganza del abuelo de los menores.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado las condenas impuestas en junio de 2009 por la Audiencia Provincial de Palma contra un padre, 21 años de prisión y una madre, 31 años, por los abusos sexuales que entre los años 2000 y 2004 cometieron sobre sus tres hijos. La sentencia, por tanto, ha devenido firme y ambos ingresaron este miércoles en prisión para cumplir condena por estos hechos.

El tribunal ha desestimado los recursos de casación que los dos reos interpusieron contra la resolución de la Audiencia, que condenó a A.G.G. por los delitos de exhibicionismo, provocación sexual, abuso sexual sin violencia e intimidación y sin que medie consentimiento, agresión sexual y violencia habitual en el ámbito familiar.

Mientras tanto, sobre P.M.O. pesan los delitos de exhibicionismo, provocación sexual, por no impedirlo ni evitarlo, abuso sexual con acceso carnal, agresión sexual y maltrato habitual físico y psicológico en el ámbito familiar.

En su auto, el tribunal recuerda que ambos acusados mantuvieron relaciones sexuales en presencia de sus hijos en varias ocasiones e incluso obligaron a la menor a que permaneciese en el lugar "para que aprendiese". También se les condenó por animar a dos de los hijos a mantener relaciones y realizar tocamientos conjuntos, permitirles además ver películas pornográficas, y maltratar de forma habitual a sus hijos, llegando a golpearlos con una correa y una alpargata.

En el caso del padre, éste abusó de la hija en las distintas habitaciones del domicilio familiar, unos hechos que conocía la madre pese a que no hizo nada para evitarlos. Además, en más de tres ocasiones A.G.G. consumó los abusos con su hijo menor contra la voluntad de éste, quien incluso era sujetado por P.M.O para que no escapara. Es más, la progenitora incitó a su otro hijo a mantener con ella relaciones sexuales.

Sobre estos episodios, los acusados se limitaron a negar los hechos o a suavizarlos, alegando que las películas exhibidas eran dibujos animados o que, por su penuria económica, no tenían medios para poner una puerta en el dormitorio conyugal o que el padre colaboraba en la higiene de la niña en el baño, pudiendo haber existido "rozamientos casuales".

El Alto Tribunal considera en su auto que tampoco fue creíble la tesis manejada por los condenados de que todo se debe a la venganza del abuelo materno, que "se llevaba muy mal con el matrimonio". Al contrario, al tribunal de instancia le pareció que el anciano "se preocupó más del bienestar de sus nietos que de causar mal a su hija y yerno".

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