La Justicia valenciana ve indicios de delito en el PP regional por el 'caso Gürtel'

  • El PSPV-PSOE presentó una querella contra el presidente valenciano por prevaricación y financiación irregular en el 'caso Gürtel'.
  • El TSJCV se muestra partidario de que la investigación fuera llevada en su totalidad por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Imagen de archivo de Francisco Camps.
Imagen de archivo de Francisco Camps.
Imagen de archivo de Francisco Camps.

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha acordado no asumir la competencia para investigar la querella del PSPV-PSOE contra el president de la Generalitat, Francisco Camps, y otros miembros del Gobierno valenciano y del PPCV por prevaricación y financiación irregular en el llamado 'caso Gürtel'.

La Sala de lo Civil y Penal ha notificado un auto en el que señala que la querella y el "cualificado" informe policial en el que se basa "contienen hechos de posible significación delictiva" que "se deben investigar" para averiguarlos.

Lo único que queda "en cuestión" es "qué órgano judicial" es el competente para investigarlos, con el fin de evitar "posibles duplicidades e interferencias procedimentales". En este sentido recuerda que el Ministerio Fiscal, por "razón de eficiencia", se mostró partidario de que la investigación fuera llevada en su totalidad por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, bajo la dirección del magistrado Antonio Pedreira.

No separar los procesos

Según el tribunal valenciano, el citado informe de la Unidad Central de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) dice que "los hechos que constituyen el sustrato de la investigación no se pueden deslindar, ya que todos ellos están interconectados, y para su comprensión se requiere una visión global, de conjunto", y no de "un momento determinado".

El informe también describe que la empresa Orange Market, "está directamente vinculada con el conglomerado empresarial de Francisco Correa, ya que consolida sus cuentas de caja B con las de la organización", cuyo despacho estaba en el número 40 de la calle Serrano de Madrid. Los hechos, según entiende la Sala, se cometen "cumpliendo los fines de una organización delictiva y siguiendo un mismo modus operandi", y las "figuras delictivas que confluyen" pueden ser calificadas de "conexas".

Según el informe policial, "la forma de actuar responde a un patrón de conducta", basado "en la obtención de favores" por parte de responsables políticos del PP con capacidad directa de decisión "en el ámbito de contratación", o con una posición de prevalencia en el partido que les permita influir en este sentido. El tribunal entiende que la "reiteración" y "contundencia" de los argumentos expuestos en el informe apuntan la necesidad de "una única perspectiva judicial" y "un único procedimiento penal para su averiguación".

Añade en este sentido que "la fragmentación procesal propiciada por la existencia de los distintos aforamientos podría ser perjudicial".

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