Condenado un ginecólogo por el homicidio por imprudencia grave de un recién nacido

  • La pena es un año de prisión y tres de inhabilitación.
  • El feto pesaba 4.495 gramos, pero no practicó una cesárea.
  • Extrajo la cabeza del niño de forma "violenta y con fuerza descomunal".
  • Le fracturó el hueso parietal y temporal, la vértebra C7 y un húmero.
  • También le desgarró el músculo esternocleidomastoideo del cuello.
Imagen de un parto.
Imagen de un parto.
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Imagen de un parto.

Un ginecólogo de un hospital privado de Valencia ha sido condenado a un año de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio de la obstetricia durante tres años por la muerte de un bebé durante un parto en el que el médico extrajo su cabeza de la pelvis de forma "violenta y con fuerza descomunal", provocándole una "hemorragia cerebral masiva".

La sentencia del juzgado de lo Penal número 1 de Valencia considera que los hechos son constitutivos de un "delito de homicidio por imprudencia grave" y considera que hubo "imprudencia profesional por cuanto el niño podía haber nacido sano mediante una simple cesárea".

Según el fallo judicial, "la muerte del recién nacido era previsible y evitable, porque desde que realizó la última exploración de la gestante el acusado sabía que el feto era muy grande" y que pesó 4.495 gramos al nacer.

El fallo también afirma que el acusado "omitió las más elementales cautelas" de diagnóstico y tratamiento, "extrayendo la cabeza del niño violentamente y con fuerza descomunal", y añade que aplicó tal fuerza que los padres "recuerdan como la matrona le advertía de que se 'iba a salir por la puerta'".

Los hechos se produjeron el 28 de agosto de 2006 en un hospital privado y, según la sentencia, pese a que en la última ecografía se calculó que el feto pesaba 4.200 gramos y en el momento del parto ya alcanzaba los 4.495 gramos, el médico "no realizó ninguna pelvimetría ecográfica, ni cualquier otra prueba que permitiera saber exactamente el diámetro craneal y biacromial del gestante, en relación con el tamaño de la pelvis de la madre".

Tras la dilatación completa, el ginecólogo decidió el parto vaginal y, pese a que el feto no bajaba por sí mismo por el conducto del parto, "lo extrajo con la ayuda del vacum o ventosa, lo que comprimió la cabeza fetal, al pasarla por el estrecho superior de la pelvis, causándole la fractura de huesos parietal y temporal, más una hemorragia masiva cerebral".

Cuando por este medio descendió la cabeza y dado que el feto era demasiado grande para pasar por la pelvis de la gestante, se produjo una "distocia de hombros" y para desencajarlo "fue necesaria la intervención de otros dos ginecólogos, el anestesista y la matrona".

"Tras tirar prolongada y fuertemente de la cabeza, hasta el punto de desgarrar el músculo esternocleidomastoideo del cuello y fracturar la vértebra C7 y el tercio medio del húmero derecho, el niño fue finalmente extraído del seno materno", agrega el fallo.

El recién nacido sobrevivió fuera del claustro materno 40 minutos, y aunque fue atendido por tres pediatras en la sala de partos, con intubación, masaje cardiaco y adrenalina intratraqueal, murió por destrucción de los centros neurológicos vitales, que produjo la insuficiencia cardiorrespiratoria aguda.

La sentencia "censura" la actitud del acusado en el acto del juicio, donde afirmó tener "la conciencia tranquila" y estar seguro de su "buena labor" durante el parto, y señala que esta actitud "carente de cualquier autocrítica" revela la "inanidad" de sus explicaciones.

La Asociación El Defensor del Paciente ha señalado que la familia se ha reservado el ejercicio del derecho de la responsabilidad civil y a la indemnización por los daños físicos, morales y psicológicos causados por el ginecólogo para una posterior pleito civil.

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