Los acusados reconocieron en el juicio que poseían los CD y DVD con obras grabadas, con los que pretendían obtener un "pequeño beneficio económico", dice la sentencia, recogida en El Levante.
El magistrado, titular del juzgado de lo Penal número cuatro de Alicante, dice que "no consta que la conducta concreta de los acusados haya provocado la lesión de los derechos de la propiedad intelectual ni la disminución de las ventas de CD y DVD", por lo que les impuso a ambos una multa de 360 euros, como autores del delito contra la propiedad intelectual.
El top manta no es igual que una tienda
La sentencia desmonta la ecuación 'disco ilegal vendido = CD que se deja de compar en una tienda'
Según el juez, este ecuación "no se sostiene desde los fundamentos de la teoría económica, según los cuales el menor precio en la oferta hace aumentar la demanda".
El magistrado aclara que si la ponderación "del perjuicio se basa no en los CD vendidos sino en los que se podrían haber vendido, el cálculo sobrepasa lo hipotético para entrar en lo imaginario". Por ello, cree que "el perjuicio indemnizable debe ser real y cierto, y en este caso no puede afirmarse que se haya producido con estas características, no ha lugar a la indemnización civil".




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