La Fiscalía coincide con el juez que condenó a penas de prisión a dos directivos de la Cadena Ser por una información publicada en Internet en 2003, ya que, a pesar de que este jueves el Ministerio Público pidió a la Audiencia Provincial de Madrid una rebaja de la condena impuesta, ha mantenido la petición de prisión para ambos.
El fiscal ha solicitado a la Audiencia de Madrid que rebaje de un año y 9 meses a 5 meses la pena de cárcel para el director de la Ser, Daniel Anido, y el director de Informativos de la cadena, Rodolfo Irago, por difundir en Internet en 2003 una lista de presuntas afiliaciones irregulares al PP de Madrid.
La Fiscalía coincide con el juez en que Anido e Irago cometieron un delito y comparte la tesis del magistrado de que no era necesario publicar la lista, informa la cadena en su web.
En el juicio, el fiscal pidió que se aplicara la eximente de obrar en el ejercicio legítimo de un derecho o cargo
La Fiscalía, que considera que no se ha aplicado correctamente el artículo 68 del Código Penal en cuanto a la proporcionalidad de la pena impuesta, ha presentado un recurso de apelación contra la sentencia, que condenó a los directivos por un delito de revelación de secretos.
El fiscal pide que la condena se rebaje a lo solicitado por el Ministerio Público en el juicio celebrado en 2009, que consideraba que procedía imponer a cada acusado 5 meses de cárcel a sustituir por 300 cuotas de multa con una cuota diaria de 10 euros y una pena de 5 meses de multa a razón de una cuota diaria de 10 euros.
En el juicio, el fiscal pidió que se aplicara la eximente de obrar en el ejercicio legítimo de un derecho o cargo. La conducta de los condenados, argumenta el fiscal, consistió en ceder los datos reservados a la sociedad cadenaser.com, "que los difundió sin que resulte acreditado que fueran responsables de su publicación a través de este medio".
Contrastar la información
Añade que los acusados declararon en el juicio que facilitaron a la web de la Ser el soporte documental que constituía la base de la información y, por tanto, "servía para contrastar la veracidad de la misma". Se trataba "de una información de interés público"
Se trataba, agrega, "de una información de interés público, existencia de presuntas irregularidades de afiliación a un partido político, denunciadas por la propia alcaldesa de la localidad, inmersas en un presunto estado de corrupción urbanística".
El juez les impuso también una multa de 100 euros diarios durante seis meses y al pago de una indemnización de 5.000 euros a cada uno de los denunciantes.
La sentencia suscitó multitud de reacciones en medios y colectivos periodísticos de todo el país.


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