El Consejo de Ministros aprueba la prestación por desempleo para autónomos

  • La prestación estará entre 583,38 y 1.383,9 euros mensuales.
  • La cuantía será equivalente al 70% de la base por la que el autónomo venía cotizando durante los doce meses anteriores.
  • Su duración estará entre dos y seis meses, según el periodo cotizado.
La vicepresidenta primera, María Teresa Fernández de la Vega, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros de este miércoles.
La vicepresidenta primera, María Teresa Fernández de la Vega, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros de este miércoles.
Sergio Barrenechea / EFE
La vicepresidenta primera, María Teresa Fernández de la Vega, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros de este miércoles.

El Consejo de Ministros ha aprobado este miércoles el proyecto de ley que regula la prestación que podrán percibir los trabajadores autónomos en caso de cesar en su actividad de manera involuntaria y lo ha remitido al Congreso de los Diputados.

La vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, ha destacado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que con esta iniciativa se satisface una "reivindicación histórica" del colectivo y se cumple con el compromiso de enviar esta ley al Parlamento antes de final de año.

El sistema que ha diseñado el Ejecutivo se basa en los principios de contributividad, solidaridad y sostenibilidad. Se trata de un modelo mixto, entre voluntario y obligatorio, pues para poder cobrar el paro los autónomos tendrán que cotizar al mismo tiempo por accidentes laborales y enfermedades profesionales, contingencia que ahora mismo es voluntaria salvo en determinados casos.

En la actualidad hay 539.338 trabajadores autónomos que cotizan por contingencias profesionales, incluyendo a 176.000 trabajadores autónomos del sector agrario, aunque el Gobierno estima que cuando se determinen las actividades con mayor riesgo de siniestralidad (previsiblemente transporte, construcción, y algunas actividades industriales) y se desarrollen los contratos de los TRADE, el número de autónomos cotizantes ascenderá aproximadamente a un millón.

Prestaciones y duración

La prestación por cese de actividad de los autónomos no será menor de 583,38 euros mensuales y no podrá superar los 1.383,9 euros. Su cuantía, durante todo su periodo de disfrute, será equivalente al 70% de la base por la que el autónomo venía cotizando durante los doce meses anteriores al cese de su actividad. Su duración será de entre dos y seis meses, en función del periodo cotizado, si bien en los casos de trabajadores autónomos de entre 60 a 64 años se incrementa la duración de la prestación, con un mínimo de tres meses y un máximo de nueve meses.

En concreto, los autónomos que hayan cotizado de 12 a 17 meses tendrán derecho a dos meses de paro; los que hayan cotizado entre 18 y 23 meses cobrarán tres meses de prestación; los de 24 a 29 meses de cotización tendrán cuatro meses de paro; los de 30 a 35 meses cotizados percibirán la ayuda durante cinco meses y los de 36 meses o más de cotización cobrarán durante el máximo fijado, esto es, seis meses.

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