Así es la nueva Ley de tráfico y Seguridad Vial aprobada este jueves en el Congreso

  • El Congreso de los Diputados finaliza el trámite de aprobación de la ley.
  • Rubalcaba destaca que multan para que "la gente no vuelva a hacerlo".
  • Mejoran la comunicación de sanciones y se premia el pronto pago.
  • La nueva norma podría entrar en vigor esta próxima primavera.

El Congreso de los Diputados ha aprobado este jueves la reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, que reduce el catálogo de conductas que hacen perder puntos del carné y simplifica el procedimiento sancionador de forma que los conocidos 'quitamultas', que se aprovechan de la "hojarasca" y la "oscuridad" administrativa, lo tengan "más difícil". El objetivo de la reforma es mejorar la eficacia e inmediatez del procedimiento sancionador, agilizando la notificación de las multas y ofreciendo un descuento de hasta el 50% por pronto pago.

En su intervención ante el pleno de la Cámara Baja en el que se ha debatido la reforma de la Ley de Tráfico, el ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, ha dejado claro que la administración no multa "por placer" sino para que "la gente no vuelva a hacerlo". Rubalcaba ha destacado que la nueva norma supondrá un régimen sancionador "más inmediato" que, sin embargo, no lesiona de ningún modo el derecho de defensa de los conductores.

"Todos estamos de acuerdo en que cuanto más cerca esté el castigo de la infracción tanto mayor es su valor pedagógico", ha subrayado el titular de Interior, que ha recordado que aquellos conductores que han sido sancionados y reconocen la infracción, la podrán pagar con un mayor descuento, de hasta el 50%, mientras que los que discrepen de la falta también tendrán "mejores mecanismos" para recurrirla.

"Ganan las administraciones y ganan los ciudadanos", ha proclamado Pérez Rubalcaba, que se ha felicitado por el amplio consenso alcanzado durante la "compleja" y "trabajosa" tramitación de la reforma.

La norma podría entrar en vigor esta primavera. Entre las nuevas medidas, salidas del proyecto de ley y de sucesivas enmiendas del Senado, destacan:

  • Si el infractor abona la multa en menos de 20 días tras la notificación se beneficiará de un descuento del 50%, aunque eso sí, perderá el derecho a recurrirla. El conductor podrá pagar la sanción en el momento con tarjeta de crédito..
  • Los agentes podrán inmovilizar un vehículo si circula sin seguro o sin casco, en el caso de una motocicleta.
  • No se podrá pasar la ITV si no se acredita estar al día del pago del seguro del vehículo.
  • Para evitar malas interpretaciones, la nueva ley establece que se deberá seguir respetando el margen de error de los radares de control de velocidad, que oscilan, según el modelo de cinemómetro, entre el 3 y el 10%.
  • Mejorarán la comunicación de las sanciones introduciendo la telemática.
  • Se podrán recuperar hasta seis puntos del carné con cursos. Hasta ahora el máximo eran cuatro.
  • Supondrá pérdida de seis puntos llevar un inhibidor de radares, alterar el funcionamiento del tacógrafo o el limitador de velocidad y conducir con el permiso temporalmente suspendido.
  • Dejará de suponer una pérdida de puntos aparcar en el carril bus o circular con menores de 12 años en motocicletas.
  • La grúa podrá llevarse un coche aparcado en zona azul sin tique o que haya triplicado el tiempo pagado.
  • Las sanciones leves serán castigadas con multa de hasta 100 euros; las graves con 200 y las muy graves con hasta 500 euros.
  • El dinero recaudado en sanciones se destinará a la prevención de accidentes de tráfico y para las víctimas de los siniestros.
  • Los titulares de un vehículo que acumule cuatro sanciones graves o muy graves firmes sin pagar no podrán realizar ningún trámite relativo al mismo, como la venta o el traspaso.

NUEVA TABLA DE PÉRDIDA DE PUNTOS

Seis puntos

  • Conducir con un tasa del alcohol superior a la permitida, o bajos los efectos de las drogas, así como negarse a someterse a la prueba de alcoholemia.
  • Circular de forma temeraria, en sentido contrario, o participar en carreras no autorizadas en la vía pública.
  • Conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radares o manipular los tacómetros.

Cuatro puntos

  • Conducir un vehículo teniendo suspendida la autorización administrativa para conducir o teniendo prohibido el uso del vehículo que se conduce.
  • Arrojar a la vía objetos que puedan producir incendios o accidentes de circulación.
  • No respetar un ceda al paso, saltarse un stop o un semáforo en rojo.
  • Adelantar en línea continua, entorpeciendo a los vehículos que circulan en sentido contrario o en condiciones de visibilidad reducida.
  • Realizar la maniobra de marcha atrás en autovía, no respetar la distancia de seguridad o no atender las indicaciones de los agentes de tráfico.

Tres puntos

  • No hacer uso del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil o el casco.
  • Conducir utilizando auriculares u otros dispositivos que disminuyan la atención a la conducción o utilizar dispositivos de telefonía móvil o navegadores.
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