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Logra incapacidad total por estar quemada en el trabajo

Una sentencia del TSJC reconoce que el síndrome del desgaste profesional es un accidente laboral y concede una pensión a una maestra de Barcelona
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha reconocido que el síndrome del desgaste profesional o «del quemado», también conocido como burn out, es un accidente laboral, en una sentencia en la que confirma la incapacidad permanente absoluta concedida por un juzgado de Barcelona a una profesora, María del Carmen F.V., que, después de 35 años de trabajo, estuvo uno de baja afectada por esta enfermedad. Además, condena a la mutua del colegio privado concertado en que trabajaba la maestra a abonarle una pensión del 100% de su base reguladora.

El burn out se dio a conocer hace 25 años por un psiquiatra estadounidense que lo definió como fatiga o frustración por la dedicación a una causa o forma de vida que no provoca la recompensa esperada. En España lo sufren el 33% de los médicos y el 25% de los docentes.

La mutua del colegio recurrió la decisión del tribunal de primera instancia al entender que la afectaba tenía un «alto neuroticismo y rasgos desadaptativos» y que «la relación causal entre el trabajo y su enfermedad» no estaba clara. Sin embargo, el TSJC aclara que este tipo de dolencias «se gestan de una forma lenta y acumulativa; se relacionan directamente con el trabajo y la personalidad en nada influye».

Cómo saber si estamos quemados

El síndrome del quemado

Síntomas: Sensación de fracaso, agotamiento físico y mental, desmotivación y baja autoestima.

Causas: Proceso en el que se acumula un estrés excesivo por una desproporción entre la responsabilidad y la capacidad de recuperación del empleado.

6 Comentarios
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Dice ser ISABEL
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Dice ser ISABEL, 15.02.2005 - 11.35h

Él síndrome del que hablan, perfectamente se puede aplicar a las amas de casa, porque si bien, por un
trabajo te pagan por el otro no.

Un saludo

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Dice ser ADELA
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Dice ser ADELA, 15.02.2005 - 17.00h

No sólo se produce en las profesiones que se detallan, también está latente en el cuerpo del funcionariado.
¿Qué hizo (o que pruebas aportó) para que se considerase su situación cómo tal?
atentamente.
adela 15-02-05

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Dice ser carmen romero molina
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Dice ser carmen romero molina, 15.02.2005 - 19.08h

estoy en estado terminal, en paliativos y el tribunal de murcia me ha concedido42 puntos de invalidez, con lo que estoy apunto de morir y sin una peseta, con dos hijos, la justicia deberia ser para todos carmen romero

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Dice ser pilar
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Dice ser pilar, 15.02.2005 - 22.10h

actualmente estoy de baja por el mismo problema de maria del carmen de barcelona , he tenido depresión con crisis maniacas y aunque creia que estaba curada después de 10 años he vuelto a recaer y tengo pánico a mi trabajo .Me parece justa la sentencia de barcelona . el trabajo te puede anular tu vida personal y familiar

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Dice ser juanma
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Dice ser juanma, 16.02.2005 - 08.35h

me parece muy gracioso que le una persona por estar "quemada" le den una invalidez es muy gracioso pero cuantas personas estan quemadas?muchisimnas y cuantas personas de verdad se les da una invalidez por motivos severos? muy poquitas, yo creo que esta todo muy descompensado, es que es muy gracioso por estar quemado, yo tambien estoy quemado pero de ver estas tonterias, si esta quemada que se busque otro trabajo como hacemos todo hijo de vecino que creo que hay cosas mas importantes que gastar el tiempo en tribunales y forenses para estas tonterias que lo unico que hace es quemar al personal.

Un saludo y no os quemeis mucho en el trabajo

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Dice ser DESIDERIO TORRES MARTINEZ
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Dice ser DESIDERIO TORRES MARTINEZ, 17.02.2005 - 12.37h

La sentencia no hace sino reconocer que los gravísimos problemas que ha generado el trabajo en la psique de una concreta persona, han de ser calificados como accidente de trabajo. De igual forma que una forma que los efectos de un golpe, o de una intoxicación industrial o el desgaste que se produce en los músculos y tendones como consecuencia de los movimientos repetitivos de las extremidades, son considerados efectos profesionales cuando son causados por el trabajo, también lo han de ser las lesiones producidas en la psique como consecuencia del estrés laboral. Ese es el preciso alcance de la sentencia, porque otra cosa es la entidad mas o menos incapacitante del daño ocasionado y el sufrido en la psicología de Mª Carmen hasta el punto de haberle ocasionado la incapacidad absoluta para el ejercicio de todo trabajo, no ha de ser merecedor de "gracia alguna".

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