El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha reconocido que
el "síndrome del quemado" o "burn out" es un accidente laboral, en una
sentencia en la que confirma la incapacidad permanente absoluta
concedida a una maestra de Barcelona.
La mutua del colegio privado concertado en el que trabajaba la mujer
recurrió la decisión del tribunal de primera instancia al entender que
la dolencia de la maestra no se debía a un accidente laboral porque no
estaba clara "la relación causal entre el trabajo y su enfermedad".
Sin embargo, el escrito del TSJC aclara que
este tipo de dolencias "se gestan de una forma lenta y acumulativa" pero también "se relacionan directamente con el trabajo".
El "síndrome del quemado" se define como
agotamiento físico, emocional y mental motivado por acumulamiento de
estrés
Recuerda que el "síndrome del quemado o de
agotamiento profesional" se define como "agotamiento físico, emocional
y mental" motivado por "un proceso en el que se acumula un estrés
excesivo por una desproporción entre la responsabilidad y la capacidad
de recuperación" del empleado.
En opinión del tribunal, en este caso el síndrome del "burn out" ha
afectado a la profesora "estando en el trabajo y como consecuencia del
mismo" y le ha ocasionado "un deterioro que actualmente no le permite
la actividad laboral".
Por este motivo,
el tribunal reconoce la incapacidad permanente
absoluta de la profesora para continuar su labor docente y condena a la
mutua del centro escolar en la que trabajaba la profesora a abonarle
una pensión del cien por cien de su base reguladora.
¡Sé el primero en hacerlo!