Los trabajadores no perderán sus vacaciones si caen enfermos durante los días previos

  • El Supremo reconoce el derecho de los trabajadores a recuperar los días de vacaciones que se solapen con días de baja por enfermedad.
  • No afecta a aquéllos que sufran enfermedades estando de vacaciones.
La sentencia del Tribunal Supremo responde a una "unificación de doctrina".
La sentencia del Tribunal Supremo responde a una "unificación de doctrina".
La sentencia del Tribunal Supremo responde a una "unificación de doctrina".
Los trabajadores tendrán derecho a recuperar los días de vacaciones que se hayan solapado con una baja por enfermedad. El Tribunal Supremo ha reconocido en una sentencia el
derecho de los trabajadores a disfrutar de todos los
días programados para sus vacaciones.
El derecho a las vacaciones sólo puede disfrutarse cuando el trabajador esté en condiciones de hacer uso del mismo
Así se establece en una
sentencia del Supremo a raíz de un
recurso presentado por el sindicato
UGT de Madrid, que reconoce el derecho de los trabajadores a disfrutar de las vacaciones
cuando estén programadas y cuando el empleado sufra una baja por enfermedad que se
"solape en el tiempo" con el período reglamentario de descanso.

El trabajador tendrá derecho a la recuperación de los días siempre y cuando la baja laboral se inicie antes de disfrutar del periodo vacacional. En ningún caso afectará a los trabajadores que estando de vacaciones sufrieran una enfermedad. Así lo ha explicado
Pilar Sánchez, la abogada de UGT encargada del caso, a
20minutos.es.
"Unificación de doctrina"

Según indica la sentencia, el trabajador tendrá derecho a disfrutar de las vacaciones que hayan quedado pendientes mientras estuvo
de baja por enfermedad, una vez haya recuperado la salud, y el empresario estará obligado a concederle los
días libres que le queden. Según la sentencia, las vacaciones deben disfrutarse
en el año natural en el que se devengan.

El Supremo basa su fallo en que "el pleno disfrute del derecho a las vacaciones únicamente puede conseguirse cuando el trabajador se encuentre
en condiciones físicas y mentales de hacer uso del mismo, de forma que no cabe entender que un trabajador en situación de IT (incapacidad temporal) pueda disfrutar adecuadamente de las
finalidades atribuidas a las vacaciones".

Según Pilar Sánchez, la sentencia del Supremo responde a una
"unificación de doctrina" y no hace sino "
interpretar el derecho a vacaciones contemplado por del
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