La sentencia del Juzgado Social número 3, del 13 de mayo, estima la demanda presentada por dos viudas de trabajadores y un ex empleado de la empresa al entender que Uralita actuó de forma "culposa o negligente" al incumplir varias medidas de seguridad sobre el tratamiento del amianto existentes desde 1940.
Por ello, obliga a indemnizar a Isabel P.B. con más de 52.000 euros, por la muerte de su marido en 2007, víctima de un mesotelioma peritoneal; a P.D.R., con casi 79.000 euros, por la muerte el mismo año de su marido por un carcinoma escamoso de pulmón; y a Agustín R.V., que trabajó menos de un año en Uralita, con unos 68.500 euros por incapacidad permanente absoluta, ya que sufre asbestosis.
El Colectivo Ronda de abogados, que defiende a decenas de afectados, se ha felicitado por esta sentencia, que consideran muy importante, ya que es la primera de un juzgado social catalán que condena directamente a Uralita.
Hasta ahora los afectados siempre tenían que llegar hasta el Tribunal Supremo para que les dieran la razón, por lo que muchas víctimas no terminaban todo el proceso judicial.
No obstante, los abogados han advertido de que su persecución legal no termina aquí, sino que también consideran responsable al Estado, por no endurecer las medidas de seguridad ni supervisar su cumplimiento estricto.
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