El concejal de Medio Ambiente y Sostenibilidad del Ayuntamiento de Girona, Enric Pardo, ha explicado que para redactar la ordenanza se ciñeron mayoritariamente a lo que propone la Ley de Protección de los Animales que en breve aprobará el Parlament, aunque cambiaron algunos términos, como el de los 20 minutos.
Sobre este punto concreto, la citada ley especifica: "Los perros de guardia y, de forma general, los animales de compañía que se mantengan atados o en un espacio reducido no podrán permanecer en estas condiciones más de seis horas seguidas, en este caso tienen que poder realizar ejercicio físico suficiente para poder mantener en buenas condiciones la salud del animal".
Pardo ha concretado que desde su departamento quisieron ir "más allá" y concretar lo que les parecía "ambiguo y poco objetivo". Por este motivo, en la ordenanza de tenencia de animales de Girona, el punto cuatro del quinto artículo, dice así: "Los perros de guardia y, de forma general, los animales que se mantienen atados o en un espacio reducido no podrán permanecer en estas condiciones más de seis horas seguidas; en este caso han de poder realizar ejercicio durante un período mínimo de veinte minutos".
El concejal ha asegurado que desde los servicios técnicos de su departamento han consensuado el cambio en la ordenanza (que actualmente está a exposición pública y que se aprobará definitivamente en julio) con el objetivo de "
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