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Cualquier ciudadano podrá arrestrar en Perú a quien cometa un "delito flagrante"

  • Lo deberá poner de inmediato en manos de la policía.
  • La medida ya se ha experimentado en algunas regiones del país.
  • Se aplicará a partir del 1 de julio.

A partir del próximo 1 de julio cualquier peruano podrá arrestar por sí mismo o misma a un delincuente, siempre que lo encuentre en "flagrante delito" y que lo ponga de inmediato a disposición de la policía, según una norma aprobada este jueves por el Congreso de Perú.

La medida, conocida como "arresto ciudadano", modifica el artículo 260 del Código Procesal Penal y, aunque debía entrar en vigor a partir de 2013, el Congreso decidió adelantar su implantación ante los resultados obtenidos tras su aplicación experimental en algunas regiones del país.

La norma iba a entrar en vigor en 2013, pero el Congreso la ha adelantado

El carácter de flagrante delito es definido así por la nueva norma: "Cuando el hecho punible es actual, y el autor es descubierto, perseguido y capturado inmediatamente".

La única condición es que los ciudadanos deberán proceder a la entrega inmediata del arrestado, así como del cuerpo del delito, a la policía.

"Se entiende por entrega inmediata el tiempo que demanda dirigirse a la dependencia policial más cercana (...), en ningún caso el arresto autoriza a encerrar o mantener privada de su libertad en un lugar público o privado, hasta su entrega a la autoridad policial", precisa el artículo.

Críticas

La medida, que según el presidente de la Comisión de Justicia del Congreso, Juan Carlos Eguren, ha arrojado importantes logros en las regiones donde ya se aplicó (hasta la fecha han sido registrados 700 arrestos ciudadanos), también ha recibido críticas desde distintos frentes.

Ya se han registrado 700 arrestos ciudadanos

El especialista del Instituto para la Seguridad Ciudadana, Gabriel Pardo, señaló a El Comercio que esta medida puede volverse contra los propios ciudadanos, que pueden salir heridos en su intento de detener al delincuente.

Por su parte, la abogada del Instituto de Defensa Legal Silvia Romero consideró que la norma aprobada por el Congreso expone a los ciudadanos y, "en cierta forma subroga las facultades de la policía, que es la llamada a restablecer el orden y garantizar la seguridad".

"La figura del arresto ciudadano ha sido concebida para que toda persona pueda actuar en casos concretos, para evitar dejar impune un hecho, pero en ningún caso para que las personas hagan las veces de fuerza conjunta con la policía", afirmó Romero.

45 Comentarios
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1 Comentario oculto Leer comentario
Dice ser Jimstvns
1
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Dice ser Jimstvns, 15.05.2009 - 06.28h

Que bien alguien de aqui de Venezuela deberia de ir unas semanas alla a Lima, y montarle guardia a Manuel Rosales, ya que los estudios que realizo aqui en Robo y Delitos son validos alla tambien, y ese no se aguantara mucho para meter la pata otra vez, claro si aun nolo esta haciendo que seria raro de parte de el Sr. Ok volviendo al tema unas vez que lo pillen al Manuelito lo pueden aprehender claro aunque con un pequeño o minimo porcentage de lo que robo aqui en el Zulia-Venezuela puede sobornar vaias veces desde el policia hasta el "presidente".

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Dice ser uno harto de las leyes absurdas españolas
2
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Dice ser uno harto de las leyes absurdas españolas, 15.05.2009 - 06.56h

Que buena ley, lástima que aquí las leyes protejan más al delincuente que al ciudadano.
Aquí lo mínimo que puede pasarte es que al atrapar al delincuente te acusen de secuestro, eso si ya no te acusa de haberte violado.

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Dice ser mercado forex
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Dice ser mercado forex, 15.05.2009 - 07.22h

pues puede ser una buena medida, lo malo es si la gente se pone a arrestar a destajo

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Dice ser al tiempo
4
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Dice ser al tiempo, 15.05.2009 - 07.30h

Esto termina en linchamiento...

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Dice ser Manolito
5
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Dice ser Manolito, 15.05.2009 - 07.52h

Que bien ZP esta enterado?? Asi podremos meter en gayola a todos los politicos y los vecinos molestos

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Dice ser pp
6
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Dice ser pp, 15.05.2009 - 07.59h

me parece bien,.pq aqui en españa alguien comete un delito y sabe que hasta que no venga la poli no pasa nada y aun viniendo la poli...

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Dice ser ass-pain
7
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Dice ser ass-pain, 15.05.2009 - 08.05h

Y como lo detienen, a punta de pistola? Un grupo de ciudadanos rodeando al delincuente apuntandole con bastoncillos para los oidos?

El tomarse la justicia por su mano llevara a ver delitos donde muchas veces nos los hay. Esta bien que puedas tomarte la libertad de dar un palizon a alguien que vez que esta agrediendo a otra, o algo asi, pero seguro que al final esto trae consecuencias a la larga negativas.

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antonio larrosa
8
Avatar de antonio larrosa
antonio larrosa, 15.05.2009 - 08.10h

    eso puede convertirse en un lugar sin ley donde cada cual puede ajustar las cuentas con cualquiera y luego decir , me intento robar y despues me quiso matar asi que me tuve que defender.

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    9 Comentario oculto Leer comentario
    Dice ser R. García
    9
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    Dice ser R. García, 15.05.2009 - 08.17h

    Estos periodistas cada vez dan más pena.... podrían haber añadido que en España, con la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que tiene más de 100 años, también el ciudadano puede detener al presunto autor de un delito flagrante, pero claro.... para eso tendrían que haberse molestado en mirar la ley.... y pecisamente los no periodistas de 20 minutos, no se caracterizan por contratar o informarse mucho.... más bien nada...

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    10 Comentario oculto Leer comentario
    Dice ser R. García
    10
    Avatar genérico
    Dice ser R. García, 15.05.2009 - 08.32h

    Y como los no periodistas de 20 minutos no se han molestado en verlo, pues lo añadimos para ambito público-

    Ley Enjuiciamiento Criminal de ESPAÑA. . Artículo 490.
    Cualquier persona puede detener:
    - Al que intentare cometer un delito, en el momento de ir a cometerlo.
    - Al delincuente in fraganti.
    - Al que se fugare del establecimiento penal en que se halle extinguiendo condena.
    - Al que se fugare de la cárcel en que estuviere esperando su traslación al
    establecimiento penal o lugar en que deba cumplir la condena que se le hubiese
    impuesto por sentencia firme.
    - Al que se fugare al ser conducido al establecimiento o lugar mencionado en el
    número anterior.
    - Al que se fugare estando detenido o preso por causa pendiente.
    - Al procesado o condenado que estuviere en rebeldía.

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