La Comisión de Indemnizaciones a Ex-Presos Sociales notificó al afectado que le corresponde una "indemnización al amparo de la disposición adicional decimoctava de la Ley 2/2008", y se le anuncia que "en fechas próximas se procederá a ingresar el importe de dicha indemnización en la cuenta corriente" señalada en su solicitud.
Requisitos para ser indemnizado
Para optar a la compensación económica, debe quedar probado, como así ha sido en este caso, que la medida de internamiento se impusiera por la aplicación de Ley de Vagos y Maleantes de 1954; o la Ley 16/1970 sobre Peligrosidad y Rehabilitación Social. Además, el causante debe haber sufrido una pena de internamiento de al menos un mes, y que la aplicación de las citadas leyes se hubiera efectuado por su condición de homosexual.
La Asociación de Ex-Presos Sociales valoró positivamente que a los homosexuales, después de treinta años desde la despenalización de su condición sexual en España, "por fin les sea devuelta su dignidad, la cual nunca debieron perder tan infamemente y pasen a ocupar su lugar en la historia".


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