La UE, condenada por no publicar a tiempo la lista de objetos prohibidos en los aviones

  • El Tribunal europeo critica a la UE que no hiciera público en su Diario Oficial la lista de objetos prohibidos en el equipaje de mano.
  • La sentencia suspende esa lista porque "no tiene fuerza vinculante". Sin embargo, la norma sigue vigente.
  • La UE dice que publicó la lista en agosto de 2008.
  • Reglamento de la UE sobre las normas de seguridad aérea (PDF).
Un agente de Seguridad revisa los productos líquidos del equipaje de mano.
Un agente de Seguridad revisa los productos líquidos del equipaje de mano.
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Un agente de Seguridad revisa los productos líquidos del equipaje de mano.

Los atentados del 11 de septiembre de 2001 en Estados Unidos provocaron que las instituciones políticas vieran la necesidad de reforzar la seguridad en los aviones contra acciones terroristas y de esa preocupación nació en 2002 en la Unión Europea (UE) una normativa sobre seguridad en el transporte aéreo, aprobada por el Parlamento Europeo y el Consejo de la UE, que ahora ha sufrido un duro revés.

La lista de artículos prohibidos no puede imponerse a los particulares

Y es que el Tribunal de Justicia europeo (TUE) ha suspendido la aplicación de la norma comunitaria que detalla los objetos prohibidos en el equipaje de mano de los aviones argumentando que esa lista no puede imponerse a los ciudadanos ("carece de fuerza vinculante") al no haberse hecho pública como es debido en el Diario Oficial de la UE.

La sentencia no deja sin validez la norma pero sí exige que la lista sea publicada por completo. "No se puede mantener los efectos del reglamento a la espera de que la Comisión adopte las medidas necesarias para dotarlo de fuerza vinculante", indica el texto. Por su parte, la Comisión Europea (UE) asegura la lista se publicó en 2004, por lo que "nunca fue secreta", aunque admitió que no apareció en el Diario Oficial de la UE hasta agosto de 2008.

La sentencia se refiere al caso de un ciudadano austríaco llamado Gottfried Heinrich que, en septiembre de 2005, fue obligado a abandonar un avión en Viena por llevar en su equipaje de mano unas raquetas de tenis, artículos supuestamente prohibidos. Por ello, denunció el caso ante la justicia austríaca, que presentó una cuestión prejudicial ante el TUE, indicando que la lista de objetos prohibidos no era pública. Ahora le han dado la razón.

La lista

La norma de la UE disponía que algunas de sus medidas de acompañamiento no debían publicarse, sino únicamente ponerse a disposición de las autoridades apropiadas. En 2003, Bruselas adoptó, en aplicación de este reglamento, otra norma que en su anexo recogía la lista de objetos prohibidos en el equipaje de mano, pero no la hizo pública, y únicamente anunció su contenido en un comunicado de prensa. La lista se ha modificado varias ocasiones, y en una de ellas, en 2006, se incluyeron las restricciones a los líquidos.

Los jueces europeos consideran que un reglamento no tiene fuerza vinculante si no ha sido publicado en el Diario Oficial y recuerdan que la propia normativa comunitaria establecía la necesidad de que los viajeros tuvieran acceso a una lista donde se enumerasen los artículos prohibidos. "Las medidas de adaptación de la lista de artículos prohibidos que figuren en ese anexo no pueden imponerse a los particulares", dice el TUE.

Finalmente, la CE publicó en agosto la mayoría de las normas de seguridad aérea de la UE, incluida la lista de artículos prohibidos en el equipaje de mano a bordo de los aviones, aunque dejó claro que algunos elementos seguirían siendo secretos. En el texto figuran objetos afilados o puntiagudos, armas de fuego o de cualquier otro tipo o líquidos que no vayan envasados en contenedores individuales de 100 mililitros como máximo, metidos en bolsas de plástico.

La iniciativa del Ejecutivo comunitario, que no ha sido tenida en cuenta por el TUE, se produjo tras la declaración de la abogada general del Tribunal de abril de 2008, Eleanor Sharpston, quien advirtió que la no publicación de la lista era "inaceptable" e instó a declarar inexistente el reglamento europeo sobre seguridad en el transporte aéreo.

El hecho de que la lista fuera publicada durante el transcurso del proceso judicial, hace que la efectividad de la sentencia del Tribunal europeo sea, como mínimo, dudosa ya que no afecta a la validez de las restricciones impuestas en el equipaje de mano y sí al caso particular del ciudadano austríaco que denunció los hechos.

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