La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a S.S.T. a 80 días de trabajos en beneficio de la comunidad y a la prohibición de acercamiento por pegar una bofetada y un patada en la cara a su hijo, que entonces tenía tres años de edad.
Los hechos sucedieron en agosto del año pasado. El acusado, que tenía ya una condena previa y firme de cuarenta días de trabajos en beneficio de comunidad por otro delito de malos tratos en el ámbito familiar, acudió al domicilio donde residía con su compañera sentimental y sus hijos, menores de edad.
Ambos mantuvieron una discusión, durante la cual el acusado propinó al menor de todos, de tres años de edad, una bofetada en la cara y una patada en el rostro. Como consecuencia, el niño tuvo una hemorragia nasal.
El fallo supone la confirmación de una sentencia previa del Juzgado de lo Penal número 4 contra el que el acusado había presentado recurso, aduciendo errores en la valoración de la prueba que la Audiencia rechaza.
Delito de malos tratos
De esta forma, se impone a S.S.T., como autor de un delito de malos tratos en el ámbito familiar, a ochenta días de trabajos en beneficio de la comunidad y la prohibición de acercarse a una distancia inferior a 20 metros y de comunicar de cualquier forma con su hijo, durante un período de dos años.
También se le inhabilita para el ejercicio de la patria potestad por un tiempo de 28 meses y medio, el mínimo legal, junto a la privación del derecho a tenencia y porte de armas durante dos años y medio, también el mínimo legal.
Asimismo, el condenado deberá indemnizar con 29 euros a su hijo menor.
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