Un total de 52.299 juicios rápidos se celebraron en 2008 por conducción temeraria, es decir, conducir bajo los efectos del alcohol, sin permiso de conducir y a velocidad excesiva. De ellos, 49.988, el 95,58%, terminaron con sentencia de conformidad.
Así, el número de juicios celebrados por conducción alcohólica fue de 35.166, de los que 33.456 concluyeron con una sentencia condenatoria de conformidad, es decir, el 95,14%. En el caso de los excesos de velocidad punibles, los juicios rápidos celebrados fueron 520, de los que 413 terminaron con una sentencia condenatoria de conformidad, el 80%.
Asimismo, los fiscales de Seguridad Vial, reunidos en León, han acordado este martes ampliar el espectro de actuación de la Fiscalía no sólo a los conductores, sino a los titulares de la vía, concesionarias, contratistas, peatones y demás personas que puedan generar riesgo para la seguridad vial.
De este modo, proponen sanciones penales por "comisión por omisión" para los funcionarios públicos que incumplan "gravemente" sus deberes en la construcción, mantenimiento y señalización de carreteras. Se trata de un colectivo que hasta ahora nunca ha sido condenado en España por este delito.
Este acuerdo persigue velar por el cumplimiento el artículo 385.2 del Código Penal, que regula el delito de "comisión por omisión", para casos en se ponga "en grave riesgo la circulación". La norma está en vigor desde 1962, pero "hasta ahora nunca se había aplicado para funcionarios", según ha explicado Bartolomé Bargas.
Para poder ser sancionados, se deberá demostrar que el funcionario era consciente de la situación y que además es competente en la materia. Dicho artículo del Código Penal afecta, además de los funcionarios públicos, a contratistas y concesionarios de obras. En consecuencia, construir una autovía en la que haya constancia de graves irregularidades en el terreno, y en las que se usen materiales que no sean de calidad serán actuaciones penadas.
Quitar el coche a los reincidentes
En estas jornadas, también se ha acordado "fomentar" la aplicación del delito penal de la omisión de socorro, el cual está recogido en el Código Penal, con el fin de proteger a las víctimas de accidentes y conscientes de la importancia de actuar a tiempo en estos casos.
Por otro lado, los asistentes han analizado la privación definitiva del vehículo, como sustitutivo de la pena de prisión, en el caso de los reincidentes que generen un riesgo inminente para la seguridad vial y en los supuestos más graves de conducción temeraria. Los fiscales están estudiando proponer que el importe de la venta del vehículo vaya destinado a las víctimas de los accidentes de tráfico.
Éste y otros acuerdos alcanzados en León se elevarán a la Fiscalía General del Estado, que tendrá que dar el visto bueno a esta medida para que se pueda llevar a la práctica.

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