Farruquito obtiene la libertad provisional

  • Un juzgado lo aprobó después de recibir un informe "favorable" del centro penitenciario donde el artista estaba ingresado.
  • 'Farruquito' utilizaba una pulsera telemática que le controlaba durante las horas que estaba fuera de prisión.
Farruquito, en una foto de archivo (KORPA).
Farruquito, en una foto de archivo (KORPA).
KORPA
Farruquito, en una foto de archivo (KORPA).

El bailaor Juan Manuel Fernández Montoya 'Farruquito ', condenado a tres años de prisión por el atropello mortal de Benjamín Olalla en septiembre de 2003, ha obtenido la libertad condicional después de casi seis meses utilizando una pulsera de control telemático que le permitía dormir fuera de la cárcel al estar controlado por tal dispositivo.

La nueva situación le llega al artista tras cumplir dos tercios de su pena.

Fuentes cercanas a Instituciones Penitenciarias informaron de que el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Sevilla aprobó el pasado martes 13 de enero la libertad condicional para 'Farruquito' después de recibir un informe "favorable" del centro penitenciario "en atención al buen comportamiento" del bailaor, quien no dormía en la cárcel desde el pasado mes de julio gracias al dispositivo telemático concedido.

De esta manera, el bailaor podrá pasar el año restante de condena sin estar controlado permanentemente con la citada pulsera, si bien tendrá que estar a disposición del juez si éste requiriera su presencia.

Hasta la fecha y desde el pasado mes de julio, Juan Manuel Fernández Montoya, que estaba en situación de tercer grado desde marzo de 2007 , era uno de los algo más de 70 internos de Sevilla que usan pulseras de control telemático, dispositivo que ofrece una mayor autonomía a los ciudadanos que cumplen las últimas partes de sus condenas.

El bailaor fue condenado por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla a tres años de prisión por el atropello de Benjamín Olalla. El fallo le impuso la pena de dos años de cárcel por homicidio imprudente en concurso con un delito contra la seguridad del tráfico, así como a la privación del permiso de conducir vehículos de motor y ciclomotores durante tres años y medio.

Como indemnización estableció 102.483,55 euros para la viuda de la víctima, María Angeles Madero, y 8.275,30 para cada uno de los progenitores del fallecido.

La sentencia también le condenó a un año de prisión por un delito de omisión del deber de socorro, más multa de 12 meses con una cuota diaria de 100 euros.

Además, se consideró al artista autor por inducción de un delito de simulación de delito, por lo que se le impuso una pena de multa también de 12 meses con la misma cuota.

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