El TSJA apoya el despido a un trabajador que se negó a conducir sin carné

  • La empresa Asprodi se dedica a atender a personas con discapacidad.
  • UTG está en desacuerdo y califica el despido como "improcedente".
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La Federación de Trabajadores de la Enseñanza de la UGT (FETE) ha expresado hoy su desacuerdo con la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en la que da la razón a una empresa que despidió a un trabajador por desobediencia al negarse a conducir porque no tenía carné.

La secretaria general de la FETE-UGT Huelva, Juana Mora, ha manifestado su malestar al conocer la sentencia favorable a la empresa ASPRODI que dedica sus actividades a la atención de personas con discapacidad.

Al parecer, ha contado el sindicato, el director de la empresa "se empeñó en que su subordinado prestara ese servicio a un usuario sin tener en cuenta las consecuencias que ello podría acarrear" después de mantener una discusión que duró, aproximadamente, cuarenta y cinco minutos.

En este sentido, la FETE entiende que "por parte de la dirección fue una irresponsabilidad e imprudencia exigir cumplir con ese servicio a sabiendas que el trabajador no cumplía con los requisitos" y ha explicado que "en ese tiempo de discusión la empresa actuó con gravedad, tanto hacia el trabajador como hacia el usuario al que desatendió y el cual tenía que haber sido trasladado al Centro de Salud de Almonte"; por lo que el sindicato califica este despido como improcedente.

En esta misma línea, Mora ha manifestado que "instamos a las Administraciones a que hagan un severo control de esa toma de decisiones y acciones del mal uso de fondos públicos".

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