La Sala de lo Civil del alto tribunal ha estimado así el recurso presentado por los dueños de la vivienda, que cedieron gratuitamente el uso de la misma a su hijo y a su esposa y que éstos ocuparon junto con sus hijos hasta que sobrevino una crisis matrimonial y la sentencia de separación atribuyó a la mujer y a los menores el uso y disfrute de la misma.
La Audiencia de Alicante concluyó que su actuación era contraria a la buena fe
Los ex suegros promovieron un juicio por desahucio que fue rechazado por un Juzgado y posteriormente por la Audiencia Provincial de Alicante, al estimar que la cesión del uso de la vivienda al matrimonio se hizo no para que sus dueños pudieran reclamarla a su voluntad en cualquier momento, sino cuando el matrimonio contara con recursos suficientes para adquirir otra o cuando surgiese una situación de necesidad.
La Audiencia de Alicante determinó que esta situación no se había producido ya que los ex suegros no habían alegado necesidad y concluyó que su actuación era contraria a la buena fe.
Por el contrario, el Tribunal Supremo establece que el elemento que había caracterizado la cesión de la vivienda ha desaparecido al romperse la convivencia conyugal.
Además, sostiene que a esta situación no le afecta el hecho de que la sentencia de separación atribuyera a la esposa el uso y disfrute de la casa en su condición de vivienda familiar, por lo que dispone su desalojo.
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