Lee lo que dice el BOE sobre el decreto del cese de la actividad empresarial no esencial durante el estado de alarma

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El BOE ha publicado a última hora de este domingo el decreto para el cese de actividad empresarial de los trabajos no esenciales de cara a este lunes, en el que se contempla la moratoria de un día para que todas las empresas que no hayan podido interrumpir la actividad por la tardía de la publicación del mismo.

Será desde este martes cuando se aplique el cese de toda actividad de aquellas profesiones que no sean consideradas esenciales. Puedes consultar aquí qué profesiones son esenciales y cuáles no

La medida fue aprobada este domingo en un Consejo de Ministros extraordinario que estableció que todos los trabajadores afectados tendrán un permiso retribuido "recuperable", lo que les permitirá recibir su salario "con normalidad" y, cuando pase el periodo de cese de actividad, recuperar las horas "de manera paulatina".

Permiso retribuido

El real decreto-ley publicado poco antes de la medianoche en el Boletín Oficial del Estado (BOE) fija un permiso retribuido pensado para limitar más la actividad ante la pandemia del coronavirus, en los casos en los que resulte "imposible interrumpir de modo inmediato la actividad" los trabajadores podrán prestar servicios el 30 de marzo.

El único propósito, añade, será "llevar a cabo las tareas imprescindibles para poder hacer efectivo el permiso retribuido recuperable sin perjudicar de manera irremediable o desproporcionada la reanudación de la actividad empresarial".

Se exceptúan para este permiso las actividades ya consideradas esenciales en la declaración de alarma, como sanitarios, fuerzas y cuerpos de seguridad, el sector agroalimentario o el transporte de mercancías.

También se establecen más de una treintena de excepciones que implican que seguirán acudiendo al puesto de trabajo empleados domésticos, repartidores, cajeros de supermercado, la restauración para entrega a domicilio, los que trabajan en centros de mayores o quiosqueros.

En qué consiste

El funcionamiento del permiso se asimila a una distribución irregular de la jornada: el trabajador percibirá íntegramente todos los conceptos de su salario aunque permanezca en su domicilio y después tendrá que recuperar todas las horas cobradas y no trabajadas.

En este periodo se mantendrán vigentes todas las obligaciones de empresas y trabajadores de pago de las cuotas y demás conceptos de recaudación conjunta.

Recuperación de las horas

Para la recuperación de estas horas, el Gobierno da de plazo hasta el 31 de diciembre y se realizará por acuerdo entre la empresa y los trabajadores, siempre respetando los periodos mínimos de descanso diario y semanal, la jornada máxima anual y los derechos de conciliación de la vida personal, laboral y familiar.

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