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Conducir sin llevar el recibo del seguro obligatorio ya no será multado

  • Los agentes lo comprobarán telemáticamente en sus bases de datos.
  • El pasado 13 de octubre entró en vigor el nuevo Reglamento del Seguro.
  • En 2007 se tramitaron 160.000 denuncias por no llevar el justificante.

Conducir sin llevar en el vehículo el justificante del pago del seguro obligatorio ya no podrá ser sancionado por los agentes de Tráfico, que serán los encargados de comprobar telemáticamente en sus bases de datos que el vehículo está asegurado.

En 2007 se tramitaron 160.000 denuncias por no llevar, en el momento que lo requería el agente, el justificante del pago del seguro, cuyo importe era de 60 euros.

La novedad es posible gracias a la puesta en funcionamiento del Fichero Informativo de Vehículos Asegurados
La novedad es posible gracias a la puesta en funcionamiento del Fichero Informativo de Vehículos Asegurados (FIVA) y a la entrada en vigor el pasado 13 de octubre del nuevo Reglamento del Seguro.

El vigente Procedimiento Administrativo Común ya contemplaba que los ciudadanos no tienen la obligación de presentar documentos que ya se encuentran en poder de la Administración.

A partir de ahora, los agentes consultarán la base de datos, y si se comprueba la vigencia del seguro, no se le exigirá al conductor justificante alguno, aunque la Dirección General de Tráfico (DGT) recomienda adjuntarlo al resto de la documentación obligatoria del vehículo.

Sistema de control automático

La circulación de vehículos sin seguro obligatorio se sanciona con multas de 1.000 euros para los ciclomotores, 1.250 para las motocicletas, 1.500 para los turismos, 2.600 para los vehículos pesados, así como la retirada de 4 puntos del carné.

Para evitar que circulen por las carreteras vehículos sin seguro, la DGT puso en marcha en enero de este año un sistema de control automático de reconocimiento de matrículas.

En total hay 12 coches patrulla de la Guardia Civil equipados con un sistema capaz de leer las matrículas y comprobar mientras circulan si se tiene contratado algún tipo de seguro.

107 Comentarios
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luko1984
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Avatar de luko1984
luko1984, 18.10.2008 - 11.37h

    Haber, en primer lugar el fichero FIVA no es nuevo, vamos que existe desde hace tela de tiempo. Segundo, FIVA no esta actualizado al 100%, vamos que si te aseguras un dia por la mañana y te paran al dia siguiente seguramente no salgas en el FIVA, con lo cual te pueden inmovilizar el coche. Ademas tanto no cuesta tener un papelito que tan solo hay que cambiarlo 1 vez al año o como mucho 2.Saludos.

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    Dice ser kiu
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    Dice ser kiu, 18.10.2008 - 12.05h

    luko
    No es cuestión de que cueste o no, simple y llanamente de poder. Ponte tu en el supuesto de que te acabas de cambiar de compañía y todavía no tienes el recibo nuevo, que sin exagerar te tarda una semana.
    Vamos, a mi me parece mucho más razonable que te comprueben el seguro desde su base de datos que no que tengas que prescindir del coche por una cosa que tú si que tienes en regla y que así se puede confirmar.

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    Dice ser Me quiero ir
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    Dice ser Me quiero ir, 18.10.2008 - 12.23h

    A TODOS LOS IDIDOTAS QUE SE ALEGRAN DE ESTA "GRAN" NOVEDAD: Cuando un vehículo te golpee a tí o a tú vehículo y no lleve seguro ¿ Qué? Cuando solo unos pocos paguen seguro y el fondo de compensación no llegue ni a mitad de año ¿ a quién le van a subir la poliza de seguro? PAIS DE IDIOTAS

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    Dice ser Victor J.
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    Dice ser Victor J., 18.10.2008 - 13.15h

    No seamos CÍNICOS, hace medio año me pusieron una multa por esto mismo del seguro y la p... Guardia Civil comprobaron por radio que si que tenía, pero como el justificante no lo llevaba ¡multa!

    ¿Qué diferencia hay entre consultarlo por radio e informáticamente (no teleáticamente, señores)?

    Cinismo.

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    el_despistao
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    Avatar de el_despistao
    el_despistao, 18.10.2008 - 13.21h

      Por un lado me parece bien, pero como a todos nos dé por no llevarlo encima, cuando tengamos un golpe habrá que llamar siempre a ATESTADOS para que verifique el seguro de los 2 accidentados.

      Por tanto, A LA MIERDA EL PARTE AMISTOSO.

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      Dice ser seguro oligatorio.
      106
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      Dice ser seguro oligatorio., 18.10.2008 - 17.42h

      oye pues si no me equivoco, el RD. 1507/2008 de 12 de septiembre por el que se aprueba el reglamento del seguro obligatorio de responsabilidad civil en la circulacion de vehiculos a motor, en su articulo 14 no dice exactamente eso que la prensa anda publicando a bombo y platillo. 1saludo y no os fieis de la prensa que lo lia todo aveces.

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      Dice ser as
      107
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      Dice ser as, 17.06.2010 - 18.20h

      Todos debemos llevar el recibo en nuestro coche tal como marca el REAL DECRETO 1507/2008, de 12 de septiembre, que establece que todo vehículo a motor deberá ir provisto de la documentación acreditativa de la vigencia del seguro obligatorio. Ahora bien, el reglamento también dice que la vigencia del seguro obligatorio se constatará por los agentes de la autoridad mediante la consulta al Fichero Informativo de Vehículos Asegurados. En caso de vehículos de alquiler sin conductor, se considerará documentación acreditativa de la vigencia del seguro la copia cotejada del justificante de pago de la prima, en la forma que determine la Dirección General de Tráfico.
      Así como conclusión, exige a tu compañía que te expidan el recibo en el momento de la contratación ya que es obligatorio llevar el último recibo o te podrían sancionar con una multa de 60 euros.

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