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Tragedia en Barajas

La acusación popular pide que se imponga una fianza de 154 millones a Spanair

  • Lo exige el abogado que representa a la acusación popular.
  • Por la posible responsabilidad civil subsidiaria de la aerolínea.
  • El juez del caso ha imputado por homicidio imprudente a un mecánico, un técnico y al jefe de mantenimiento de Spanair en Barajas.

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La Organización Impulsora de los Discapacitados (OID), que ejerce la acusación popular en el caso del accidente aéreo del pasado 20 de agosto en Barajas, ha pedido al juez que, como medida cautelar, imponga a Spanair una fianza de 154 millones de euros, por su posible responsabilidad civil subsidiaria.

El abogado de la acusación, Javier Gallego, ante la decisión del juez de imputar por homicidio imprudente a un mecánico, un técnico y al jefe de mantenimiento de la compañía en el aeropuerto, se ha remitido al juzgado la petición para que Spanair, en concepto de responsabilidad civil, deposite un millón de euros por cada uno de los fallecidos en el accidente.

El juez ha pedido que se constituya orea comisión de investigación

También ha recordado que su organización ya había pedido la imputación de los técnicos de mantenimiento, por lo que ha considerado que la actuación del titular del Juzgado de Instrucción número 11 de Madrid ha sido la correcta.

Además ha valorado como especialmente "positiva" la decisión de ordenar la constitución de una nueva comisión de investigación, que dependa del juzgado, para aclarar lo más rápidamente posible los puntos oscuros sobre el siniestro.

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Dice ser Santi Perez
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Dice ser Santi Perez, 16.10.2008 - 20.22h

"Show must go on"... decía Fredy Mercury.

1) Tras el circo mediático sobre el borrador del inf. preliminar, el juez crea otra comisión paralela pues duda -normal- de que la investigación sea independiente. Si se ha modificado el informe, ¿quién le asegura que la nueva versión es la buena?

2) Probablemente el personal de mantenimiento cumplió fielmente con los manuales que tenían. Otra cosa es que estén más o menos actualizados debido a la gran variedad de fuentes de las que emanan circulares y directivas. Estar totalmente actualizado requiere una labor ardua. Y otro tema no menos importante es la política de reparación de averías. La Aviación Civil, tristemente, en general permite que muchas averías se reparen más tarde, no cuando ocurren. Ocurre entonces que nadie se para a pensar qué repercusiones puede ocasionar el fallo de algo aparentemente "leve" que parece no afectar a la seguridad. Es hora de que muchos de los que tienen corbata y despacho reflexionen sobre cuánto tiempo y qué interés se toma en el mantenimiento.

http://www.elmundo.es/papel/2008/09/28/mercados/2507140.html

3) Con esta decisión tomada por el juez, se apunta al eslabón más débil de la cadena: los trabajadores. ¿Sabe el juez que el M. Fomento es el responsable de aprobar los manuales de operaciones de los aviones y todo lo relacionado con la operación y MANTENIMIENTO del aparato? ¿Se atreverá el sr. juez a imputar al M. de Fomento, o quizás al Dtor.Gral. de Aviación Civil?

4) Según apunta en su auto, el juez parece interesarse por la figura del máximo responsable de la seguridad del vuelo (... "sostiene que si bien la decisión última correspondía al comandante de la aeronave"...). Ahora, sin saberlo, se adentra en el complejo mundo de compatibilizar la presión empresarial con la aplicación del criterio del COMANDANTE que vela por la seguridad del vuelo. ¿Sabe el sr. juez que un comandante fue despedido por exigir más requisitos que los mínimos legales que dicta la norma (competencia que está amparada por la famosa lista MEL)? ¿Sabe que una compañera suya (juez) permitió el despido de dicho piloto con indemnización? ¿Sabe que para la comunidad aeronáutica eso es como un ahorcamiento en la plaza del pueblo? ¿No se da cuenta, sr. juez, que gran parte de la responsabilidad está en el propio negocio aéreo que está lleno de directivos que buscan la máxima puntualidad y el menor retraso posible? ¿De que hay una legislación para dar autoridad al COMANDANTE, que luego no es respaldada con sentencias de DESPIDOS de ese estilo? ¿Sabe cuántos pilotos han sido despedidos por negarse a exceder los límites de tiempo de actividad de vuelo del día (algún día lloraremos otro caso YAK-42 y pediremos responsabilidades con el consabido "para que no vuelva a suceder")?

5) ¿Sabe usted quién decide el riesgo en un vuelo?

http://www.pilotosdeiberia.com/info/aerovia_101102.htm

Dinero invertivo, código de buenas prácticas (que no existe), circulares, y sobre todo... demostar públicamente que quien la hace la paga. Por ejemplo, un comandante que ejerció de pirata-aéreo tuvo poco más que una leve falta. ¿Le denunció su cía? NOOOOO

http://www.sepla.es/news/mach82/pasados/123/30 AEBAl.pdf

En cambio, el Comandante referido más arriba pagó con el despido aplicar su criterio conservador. ¿Es justa la justicia en la aeronáutica, sr. juez? Por no mencionar cómo las cías. permiten que se vayan de rositas quien pone en riesgo la seguridad de un vuelo (aunque no sea consciente de ello). En este caso, a ese pasajero ni siquiera la cía. le ha prohibido volar en el futuro; prueba de qué peso tiene la seguridad para los directivos de la cías.

http://www.20minutos.es/noticia/305356/0/melendi/regreso/avion/

Por no hablar de la cantidad de gente que sigue usando sus móviles en rodaje o vuelo... o los que aún se atreven a fumar en el lavabo del avión.

¿Ha leído esto, sr. juez? ¿Le interesa o le preocupa? ¿Cree que se debe reformar la legislación aérea al respecto? En fin... que tiene usted una papeleta de las grandes. Si le soy sincero, me sorprendería mucho que apuntara algo más alto... alto.

¡Suerte... y al toro!

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