Los enlaces a descargas de P2P no son delito, según el fallo del caso Sharemula

  • Los jueces decretan el sobreseimiento del caso.
  • Dicen que no hay comunicación pública de contenidos protegidos por derechos de autor en una página que no almacena archivos.
Una ventana de descargas de un internauta.
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SEAN FUTURE
Una ventana de descargas de un internauta.
La Audiencia Provincial de Madrid ha declarado el sobreseimiento definitivo de la causa que se seguía contra los administradores de la página web Sharemula. Con su decisión, contra la que
no cabe recurso, el juzgado determina que no es delito proporcionar enlaces que facilitan la descarga de contenidos por los derechos de autor a través de redes P2P.

El auto de la Audiencia Provincial confirma las tesis de la defensa, según
afirman los abogados de Sharemula en sus páginas web. Los letrados David Bravo y Javier de la Cueva explican en un comunicado que "
en Sharemula.com sólo se incluyen enlaces, es indiferente que se tenga o no ánimo de lucro puesto que si no hay comunicación pública ya no hay delito"

Los enlaces para descargas por P2P que ofrecía Sharemula constituyen únicamente según los jueces "una forma de facilitar al usuario de Internet el acceso a otra página web, ya que no reproducen la página enlazada, ni dan lugar a un almacenamiento de la misma en la propia página web de la remitente. Simplemente
ahorra el trabajo de teclear el nombre de la página en el buscador". "Un enlace simple no supone una comunicación pública de una obra, sino una indicación de dónde se hace dicha comunicación", afirman.

La acusación particular en este caso está formada por
destacadas empresas del mundo del entretenimiento y el software, como SGAE, Microsoft, PROMUSICAE, EGEDA, Columbia, Walt Disney, Twentieth Century Fox, Warner, Lauren Films, Universal, Paramount, Tristar Pictures, Sony Pictures o Metro Goldwin Mayer.

La decisión de la Audiencia Provincial de Madrid es la
respuesta al recurso presentado por estas entidades ante el Juzgado de Instrucción nº 4 de Madrid, que en un fallo anterior ya se pronunció a favor del sobreseimiento del caso.
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