El bufete de abogados 'Osuna', que ha defendido a M.B., ha explicado en un comunicado que el hombre reside en Huelva desde hace varios años y tiene todos los permisos en regla, aunque se desplazó a Murcia para pasar una corta estancia, tiempo en el que fue detenido por la policía al incautársele CD y DVD musicales y de películas que tenía para vender a los transeúntes el 30 de julio de 2004.
No se comprobó que el material incautado fuera una reproducción ilítica
El letrado Fernando Osuna ha especificado que las pruebas periciales de los CD y DVD se practicaron sin las debidas garantías, "el material incautado nunca fue objeto de la más mínima comprobación de que su contenido era una reproducción ilícita de lo que se mostraba en sus carátulas, y no se indicaron las comprobaciones que se hicieron, ni el método empleado, ni las operaciones".
Recuerda el mismo bufete que "el artículo 270 del Código Penal requiere que se lleven a cabo acciones que puedan calificarse de distribución y que concurran tres requisitos imprescindibles para que el comportamiento sea constitutivo de delito: el ánimo de lucro, el perjuicio de tercero y al ausencia de consentimiento del titular".
Por tanto, para Osuna "no existe tipo penal, con independencia de que el perjuicio de tercero ocasionado por las copias vendidas, pueda ser reclamada por las personas legitimadas en el orden jurisdiccional civil".
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