El SAS pagará 60.000 euros por no prevenir un suicidio en el Hospital Reina Sofía

  • La sentencia concluye que el centro hospitalario no tomó las medidas de revisión y cuidado necesarias.
  • El paciente ingresó en enero de 2004 con un cuadro agudo de agresividad y delirios.
  • CONSULTA MÁS NOTICIAS DE CÓRDOBA

Un juzgado de Sevilla ha fijado una indemnización de 60.0001 euros para la hermana de un enfermo mental que se suicidó en la Unidad de Psiquiatría del Hospital Reina Sofía , según publica hoy el diario ABC . La sentencia justifica esta aportación económica por el hecho de que el centro no disponía de los medios necesarios para evitar que éste se suicidara en el centro hospitalario en enero de 2004.

Dicha sentencia recoge que el el paciente, de 43 años, que padecía la enfermedad de Huntingon, ingresó en la Unidad de Salud Mental del Hospital Universitario Reina Sofía el día 2 de enero de 2004 con un cuadro agudo de agresividad y delirios.

En la historia clínica le constaban antecedentes familiares de muerte por suicidio de su abuelo, su padre y un hermano, que padecieron la misma enfermedad. El facultativo de guardia le prescribió un tratamiento por su agitación y estado de nerviosismo, así como por riesgo autolítico (suicidio) que incluso le llevó a necesitar sujeción en la unidad mental esa misma noche.

Al día siguiente, sobre las 20.00 horas, fue encontrado muerto por ahorcamiento con unos cordones de unas zapatillas en el baño de su habitación. En el análisis de toxicología se apreció la presencia sólo de uno de los tres fármacos prescritos (Valium), pero no de Haloperidol ni Depakine.

La hermana del fallecido y tutora alegó que éste murió a consecuencia de un funcionamiento anormal de un servicio público, en concreto, el prestado por el hospital público y más específicamente, en su unidad de Psiquiatría en donde no existían medidas de seguridad tendentes a impedir la defenestración.

Falta de medidas de atención

A ello, según el recurso, habría que añadir una culpa in vigilando por parte del hospital, ya que el paciente entró con una evidente alteración mental, no tomándose pese a ello las medidas de atención para evitar un intento de suicidio como finalmente se produjo.

La jueza recoge en el fallo que al fallecido le constaban antecedentes psiquiátricos, que habían determinado ingresos anteriores en el mismo hospital, por lo que el centro era conocedor de aquéllos.

Por tanto, la jueza concluye que «no se tomaron por el centro hospitalario medidas de revisión y cuidado si bien disponía de algunas, no eran las necesarias para prevenir el intento de suicidio que finalmente tuvo lugar».

CONSULTA MÁS NOTICIAS DE CÓRDOBA

Mostrar comentarios

Códigos Descuento