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Los alquileres de viviendas que se blindan contra los posibles morosos se duplican

  • La Corte de Arbitraje ha resuelto este año 119 casos.
  • Nueve de cada diez de estos expedientes son por impago de la renta.
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La inseguridad que sienten muchos propietarios a la hora de alquiler sus pisos está detrás de que muchos de ellos prefieran dejarlos sin ocupar, según los agentes in mobiliarios. Desde enero de 2004 existe el Plan de Alquiler Garantizado (PNAG), un instrumento con el que los dueños pueden estar tranquilos.

Según datos facilitados por la Comisión de Arbitraje Económico y Equidad, el número de contratos de alquiler suscritos en la provincia que cuentan con esta garantía en marzo era de 3.982, más del doble de los registrados en 2006, cuando sólo se llegaba a 1.723.

No obstante, aún no son demasiados los inmuebles arrendados que cuentan con este instrumento, ya que Córdoba tan sólo representan el 10% de los contratos amparados por el PNAG en toda Andalucía.

En la provincia hay 40 oficinas inmobiliarias que están homologadas para prestar estos servicios
Según la citada Corte, en la actualidad son 40 las oficinas inmobiliarias que están homologadas en la provincia para prestar estos servicios. Son a estos profesionales a quienes deben dirigirse los propietarios para poder disfrutar de esta garantía.

No obstante, también cabe la posibilidad de llamar a un número de teléfono gratuito (902 21 21 92) para resolver cualquier tipo de duda. Esta mediación ha posibilitado que en el primer trimestre de este año se hayan resuelto 119 casos, según los datos de la Corte de Arbitraje.

La gran mayoría de estos expedientes (el 92%) se refiere a supuestos impagos de la renta por parte de los inquilinos, mientras que tan sólo cuatro casos tienen que ver con daños en el inmueble y uno por realizar obras no consentidas por el dueño.

Resoluciones en un mes

Una de las mayores ventajas de contar con esta garantía es que, en caso de conflicto entre el dueño y el inquilino del piso, la Corte de Arbitraje se compromete a emitir una resolución en el plazo de 30 días, según este organismo.

Esto supone un ahorro importante de tiempo, ya que, según fuentes de la Corte, si se opta por la vía judicial tradicional el proceso se alarga una media de ocho meses. En caso de superar ese mes de plazo, la Corte se compromete a adelantar una indemnización.

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2 Comentarios
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Dice ser manuel
1
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Dice ser manuel, 14.07.2008 - 14.28h

902 21 21 92 gratuito¿ te quieres ir ya por ahi so cazurro...

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Dice ser perranco
2
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Dice ser perranco, 14.07.2008 - 18.09h

Si el teléfono que ponen "902" es tan gratuito como la gestión que hacen estamos apañaos

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