Las autioridades de Consumo de la Comunidad de Madrid especializadas en telecomunicaciones han determinado la cancelación de una deuda de 6.550 euros contraída por un consumidor que, por un error de comprensión de una oferta de conexión a Internet, había gastado esta cantidad en tan solo dos días de navegación.
El usuario pidió a la compañía la anulación de la factura, ya que no comprendía cómo podían cobrarle semejante cantidad cuando su tarifa era plana. Al no recibir una respuesta satisfactoria, el consumidor puso una reclamación ante la Dirección General de Consumo de la Comunidad de Madrid.
Las principales empresas de telefonía están adheridas al sistema arbitral de consumo de la Comunidad de Madrid, así que se formó un tribunal que estudió el caso.
La empresa explicó que la tarifa contratada permitía navegar sin límite de tiempo, pero sólo hasta agotar un volumen de descargas por valor de cinco gigas. La cuestión es que este límite de superó en los dos primeros días de uso y a partir del segundo se le comenzó a cobrar 0,50 céntimos por cada mega descargado.
Una promoción confusa
El tribunal arbitral de la Comunidad de Madrid consideró que el término tarifa plana de la promoción era confuso y que no reflejaba las auténticas condiciones. No obstante, subrayó que el consumidor debería haber leído bien esas condiciones antes de contratar la promoción por Internet.
Tras el requerimiento de la Comunidad de Madrid, la empresa expuso sus alegaciones ofreciendo la cancelación de toda la factura, solución que fue dada al caso a excepción de 141 euros en concepto de uso del equipo de acceso a Internet. Así, el reclamante dejó de pagar 6.550 euros.




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