El argumento que empleó entonces la comisión fue que la modalidad de permiso sustitutivo de lactancia por un periodo de cuatro semanas está prevista por la normativa general sobre la materia solamente para la "funcionaria".
De esta forma, la resolución del CGPJ explicaba que, según la Ley de Igualdad y el Estatuto Básico del Empleado Público, únicamente puede disfrutar de ese permiso, que consiste en la sustitución del tiempo de lactancia por un periodo retribuido que acumule en jornadas completas el tiempo correspondiente, la "jueza" o "magistrada".
Según el juez, la Comisión Permanente, al denegarle ese permiso, vulneró "frontalmente" el derecho a la igualdad consagrado en la Constitución. El pasado 28 de mayo ya se adoptó una decisión similar, al conceder la ampliación del permiso de paternidad y el permiso de lactancia retribuido en jornadas completas a otro magistrado.




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