De esta forma, la Audiencia ha condenado a Benjamín G.M.J. a 6 meses de prisión por el delito de quebrantamiento de condena, 12 años de cárcel y la prohibición de aproximarse a la víctima a una distancia de 300 metros y de comunicarse con ella durante cinco años por el delito de agresión sexual, 11 meses de cárcel y la prohibición de aproximarse a la víctima a una distancia de 300 metros y de comunicarse con ella durante tres años por el delito de malos tratos así como al pago de las costas y a pagar una indemnización de 12.404.5 euros a la víctima.
El tribunal considera que Benjamín G.M.J. se acercó a su víctima cuando salía de su domicilio en la calle La Loma de Torrevieja y la obligó a acceder al interior de la vivienda. Una vez allí le hizo varios cortes en el brazo y en el hombro con un cuchillo de cocina y la obligó a mantener relaciones sexuales en contra de su voluntad "teniendo en todo momento el cuchillo en la mano o a su lado".
La sala estima que el testimonio de la víctima tiene "plena credibilidad y valor probatorio" por lo que considera al acusado culpable del delito de agresión sexual, a pesar de que éste mantuviera que la víctima "aceptó dicha relación sexual y volver con él", por lo que su defensa solicitó la absolución por este delito.
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