La sentencia recoge probado que el condenado contrajo matrimonio con la víctima en 1952 y que ambos fijaron su domicilio en el municipio de Baeza, donde tuvo lugar la agresión por la que ahora ha sido penado. Los hechos se desarrollaron el pasado 9 de junio, sobre las 9.30 horas, momento en el que el hombre cogió su garrota -especie de bastón- y la usó para golpear a su mujer en la cabeza, causándole unas lesiones de las tardó tres días en sanar.
Horas después de esa primera agresión, volvieron a discutir y en esa pelea amenazó a la mujer diciéndole: "Te tengo que matar a cuchillazos". En el juicio, el octogenario no explicó la cusa de las lesiones que sufrió su mujer ni tampoco por qué esta le denunció, si bien esta declaración se contradice con la que prestó durante la instrucción, cuando reconoció que la amenazó porque no le daba dos euros y que "levantó" la garrota porque habían "reñido", tal y como fundamenta la magistrada.
Así las cosas, el juzgado condenó a Francisco M.S. por un delito de malos tratos y otro de amenazas en el ámbito familiar a la pena de un año y tres meses de prisión al tiempo que le prohíbe aproximarse o comunicarse con ella durante tres años y tres meses.
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