Una sentencia condena a una mujer a año y medio de prisión por agredir a un enfermero

  • Además, deberá pagar una multa de 1.104 euros y las costas del juicio.
  • La jueza ha considerado la agresión al funcionario como "atentado".
  • Se trata de una sentencia pionera en España.
  • Pese a la condena, la mujer no ingresará en prisión dado que no tiene antecedentes penales.
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El Juzgado de lo Penal número 2 de la Audiencia Provincial de Palma ha emitido una sentencia pionera que condena a un año y seis meses de prisión a una mujer que agredió a un enfermero en un centro sanitario de s'Indioteria, por considerarlo un "atentado", además de "lesiones".

Es la primera vez que en un juicio por la agresión a un trabajador del ámbito sanitario se aplican los artículos 550 -"Son reos de atentado los que acometan a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o empleen fuerza contra ellos, los intimiden gravemente o les hagan resistencia activa también grave, cuando se hallen ejecutando las funciones a sus cargos o con ocasión de ellas"-y 551 -"Los atentados comprendidos en el artículo anterior serán castigados con las penas de prisión de dos a cuatro años y multa de tres a seis meses si el atentado fuera contra autoridad y de prisión de uno a tres años en los demás casos- del Código Penal.

"Le ocasionó un esguince cervical, cefaleas y ansiedad"

Por lo tanto, el delito cometido adquiere consideración de "atentado", según han informado fuentes del Servicio de Salud de Baleares (Ib-Salut). Los hechos juzgados ocurrieron en la tarde del 18 de julio de 2006 en la Unidad Básica de Medicina del barrio de s'Indioteria de Palma, cuando la acusada "abordó al enfermero" y tras hacerle varias preguntas le "abofeteó en la cara y estiró del cabello", agresión que le ocasionó un "esguince cervical, cefaleas y ansiedad".

El agredido requirió tratamiento médico durante 31 días.

La jueza ha tenido en cuenta en la sentencia que el enfermero tiene calidad de "funcionario público" y ha condenado a la agresora a un año de prisión por el delito de atentado -la pena mínima para esta calificación- y a otros seis meses por lesiones, con inhabilitación especial durante ambas penas para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo.

La acusada deberá además pagar una indemnización de 1.104 euros al agredido y asumir las costas del proceso como consecuencia de la "responsabilidad criminal declarada". La condenada, probablemente, no ingresará en prisión, dado que no tiene antecedentes penales. CONSULTA AQUÍ MÁS

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